Nombre del documento:
Observaciones finales - Paraguay 2011
Temas / Derecho afectados:
Protección de los testigos y las víctimas de delito
Trata, explotación sexual y abusos sexuales
Vigilancia independiente
Recomendación:
23. El Estado parte debería asegurarse de que todas las alegaciones de trata de personas sean investigadas de manera pronta, imparcial y exhaustiva y que los autores de esos hechos sean enjuiciados y castigados por el delito de trata de personas. El Estado parte debería seguir realizando campañas de sensibilización en todo el país, ofreciendo programas adecuados de asistencia, recuperación y reintegración para las víctimas de la trata y ofreciendo capacitación a las fuerzas del orden, los jueces y fiscales, los funcionarios de migraciones y la policía de fronteras sobre las causas, las consecuencias y las repercusiones de la trata y otras formas de explotación. En particular, el Estado parte debería hacer esfuerzos para dar aplicación al Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes, al que debería asignarle los recursos humanos y financieros necesarios. El Comité recomienda además que el Estado parte intensifique sus esfuerzos para establecer formas y mecanismos de cooperación internacional, regional y bilateral con los países de origen, tránsito y destino, a fin de prevenir, investigar y sancionar la trata de personas.