Nombre del documento:
Caso de la Masacre de las Dos Erres vs. Guatemala
Temas / Derecho afectados:
Difusión, capacitación y sensibilización
Recomendación:
13. El Estado debe publicar, por una sola vez, en el Diario Oficial y en otro diario de circulación nacional, los Capítulos I, VIII; IX y X; el párrafo 222 del Capítulo XI, y los párrafos 225, 229 a 236, 238 a 242, 244 a 249, 251 a 254, 256, 259 a 264, 265, 268 a 270, 271 a 274 y 283 a 291 del Capítulo XII, de la presente Sentencia, incluyendo los nombres de cada capítulo y del apartado respectivo - sin las notas al pie de página correspondientes, y la parte resolutiva de la misma. Adicionalmente el presente Fallo se deberá publicar íntegramente, al menos por un año, en un sitio web oficial del Estado adecuado, en los términos del párrafo 256 del Fallo.