Consulta

  • País

  • Año

  • Tema / Derecho afectado *

  • Actor afectado

  • Órgano emisor

Resultados: 4250 / Página 11 de 425

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020

Temas / Derecho afectados:

Coordinación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

52. El Comité recomienda al Estado parte que dote de un apoyo adecuado y personal especializado a la Comisión Interinstitucional de Derechos Humanos, fortaleciendo su capacidad para consultar de manera sistemática con la institución nacional de derechos humanos y la sociedad civil, incluidas las organizaciones de niños y jóvenes.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020

Temas / Derecho afectados:

Recolección de datos

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

51.El Comité recomienda al Estado parte que adopte todas las medidas apropiadas para lograr que las recomendaciones que figuran en las presentes observaciones finales se lleven plenamente a la práctica. También recomienda que los informes periódicos quinto y sexto combinados, las respuestas escritas a la lista de cuestiones y las presentes observaciones finales se difundan ampliamente en los idiomas del país, incluidas las lenguas indígenas, la lengua de señas de Costa Rica y en formatos accesibles, en particular de lectura fácil.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020 37

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

50. El Comité recomienda al Estado parte que coopere con la Organización de los Estados Americanos (OEA) en la aplicación de la Convención y otros instrumentos de derechos humanos, tanto en el Estado parte como en otros Estados miembros de la OEA.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

Migrantes y/o refugiades

Recomendación:

CRC/C/CRI/CO/5-6 49. El Comité recomienda al Estado parte que, a fin de hacer aún más efectivos los derechos del niño, considere la posibilidad de ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de s us Familiares, en la que aún no es parte.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020

Temas / Derecho afectados:

Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo
Difusión, capacitación y sensibilización
Niños, niñas y adolescentes refugiados o solicitantes de asilo no acompañados

Actor afectado:

En conflictos armados
Migrantes y/o refugiades

Recomendación:

48. Recordando las recomendaciones formuladas en 2007 sobre el informe del Estado parte en virtud del Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados (CRC/C/OPAC/CRI/CO/1), el Comité recomienda al Estado parte que: a) Establezca la jurisdicción extraterritorial respecto del reclutamiento y la participación de niños en hostilidades, también por grupos armados no estatales, grupos de delincuencia organizada, incluidos traficantes de drogas, y la violencia de las bandas armadas, cuando esos delitos sean cometidos por o contra una persona que sea ciudadana del Estado parte o tenga otros vínculos con este; b) Intensifique los esfuerzos, entre otras cosas mediante acuerdos bilaterales y regionales, para promover una cultura de paz, impedir la participación o el reclutamiento de niños en cualquier tipo de violencia organizada, incluidos los conflictos armados no internacionales y la violencia de las bandas armadas, y promover iniciativas de consolidación de la paz; c) Desarrolle una labor sistemática de concienciación, educación y capacitación sobre las disposiciones del Protocolo Facultativo para todos los grupos profesionales pertinentes, incluidos los que trabajan con niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes procedentes de países afectados por conflictos armados y por la violencia perpetrada por grupos armados no estatales; d) Identifique lo antes posible a los niños refugiados, solicitantes de asilo y migrantes que entren en el territorio del Estado parte y puedan haber sido reclutados o utilizados en hostilidades en contravención de lo dispuesto en el Protocolo, y les preste asistencia para su recuperación física y psicológica y su reintegración social, de conformidad con el artículo 6, párrafo 3, del Protocolo.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020

Temas / Derecho afectados:

Acceso a una información apropiada
Nombre y nacionalidad
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes
Víctimas de abuso

Recomendación:

47. El Comité, si bien observa con reconocimiento la labor realizada por el Estado parte para aplicar las recomendaciones que le formuló en 2007 en relación con el informe presentado por el Estado parte en virtud del Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (véase CRC/C/OPSC/CRI/CO/1), recomienda al Estado parte que: a) Acelere la aprobación del plan nacional contra la explotación sexual comercial , fortalezca la labor de los mecanismos de coordinación, en particular la Comisión Nacional Contra la Explotación Sexual Comercial, e intensifique los esfuerzos para desmantelar las redes delictivas relacionadas con la explotación sexual en el contexto del turismo; b) Adopte medidas para asegurar la pronta identificación de los niños víctimas de la explotación sexual comercial, mejore la accesibilidad y disponibilidad de hogares de acogida para niños, y adopte medidas para abordar aspectos específicos relacionados con el sexo y el género de las víctimas menores de edad; c) Asegure los recursos humanos, técnicos y financieros adecuados y la coordinación entre las autoridades que se ocupan de la protección de los niños víctimas de la trata, en particular la Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito del Ministerio Público, el Equipo de Respuesta Inmediata y las autoridades locales; d) Difunda información sobre los mecanismos de denuncia y protección entre los niños; e) Adopte medidas para asegurar que los delincuentes sexuales adultos que se ha determinado que suponen un riesgo no tengan contacto con niños en razón de su trabajo, y fortalezca los acuerdos bilaterales y multilaterales para identificar situaciones de riesgo y evitar que se produzcan delitos sexuales.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Cooperación con la sociedad civil
Garantías judiciales y protección judicial

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

46. Si bien toma nota de la legislación del Estado parte relativa a un sistema de justicia juvenil restaurativa, el Comité, remitiéndose a su observación general núm. 24 (2019), relativa a los derechos del niño en el sistema de justicia juvenil, recomienda al Estado parte que: a) Armonice totalmente su sistema de justicia juvenil con la Convención y otras normas pertinentes, aumente la edad mínima de responsabilidad penal a 14 años por lo menos y modifique la Ley núm. 7576 para garantizar la plena aplicación no discriminatoria del sistema de justicia juvenil a todos los menores de 18 años en el momento de cometerse el delito; b) Suspenda la aplicación de la prisión preventiva a los niños; c) Vele por que la privación de libertad sea una medida de último recurso y dure lo menos posible y por que se revise periódicamente con miras a ponerle fin; d) Siga promoviendo y asegurando la aplicación de medidas no judiciales, como la derivación, la mediación o el asesoramiento, en relación con los niños acusados de delitos, así como, siempre que sea posible, la imposición de penas no privativas de libertad a los niños, como la libertad vigilada o los trabajos comunitarios; e) Asigne los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios a los programas de medidas no judiciales y penas no privativas de libertad, y adopte medidas para promover y desarrollar redes de apoyo a nivel comunitario y local y programas de calidad adaptados a los adolescentes y su situación; f) Ofrezca las debidas garantías procesales en todos los casos del sistema de justicia juvenil , revise los casos de niños internados en el hospital nacional psiquiátrico y aplique medidas no privativas de libertad.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020

Temas / Derecho afectados:

Derecho a expresar su opinión libremente
Explotación económica, con inclusión del trabajo infantil
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

45. El Comité, observando con preocupación la información sobre las peores formas de trabajo infantil, en particular las niñas en el trabajo doméstico y los adolescentes en el sector informal, y tomando nota de la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, recomienda al Estado parte que refuerce las medidas para identificar y prevenir el trabajo infantil mediante inspecciones laborales continuas, mecanismos de denuncia por parte de los niños y campañas de concienciación contra el trabajo doméstico de las adolescentes.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Legislación
Respeto de las opiniones del niño

Actor afectado:

Afrodescendientes
En contextos de pobreza
Indígenas

Recomendación:

44. El Comité, remitiéndose a su observación general núm. 11 (2009), relativa a los niños indígenas y sus derechos en virtud de la Convención, recomienda al Estado parte que: a) Vele por que los servicios sociales del Estado parte sean conscientes y se ocupen de la situación de los niños indígenas ngobe-buglé y los niños afrodescendientes en todo el país; b) Elabore y aplique estrategias a nivel municipal y local para combatir la pobreza de los pueblos indígenas y afrodescendientes; c) Refuerce los recursos humanos, técnicos y financieros para asegurar la plena aplicación de la educación intercultural bilingüe e intensifique las consultas con los niños indígenas y afrodescendientes a este respecto; d) Acelere las medidas para el Decreto Ejecutivo núm. 40932 MJP, de marzo de 2018, y vele por que se incluya a los niños indígenas y afrodescendientes en los procesos para obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas y afrodescendientes en relación con las medidas que afectan a sus vidas, y asegure que los proyectos de desarrollo, los proyectos hidroeléctricos, las actividades empresariales y la aplicación de medidas legislativas o administrativas, como el establecimiento de zonas protegidas, estén sujetos a consultas y se adhieran a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2020

Temas / Derecho afectados:

Coordinación
Interés superior del niño
Niños, niñas y adolescentes refugiados o solicitantes de asilo no acompañados

Actor afectado:

Migrantes y/o refugiades

Recomendación:

43.El Comité celebra la adopción por el Estado parte de la Política Migratoria Integral 2020-2023 y sus protocolos, que prevén la identificación y la protección de los niños migrantes. Remitiéndose a las observaciones generales conjuntas núm. 3 y núm. 4 (2017) del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de s us Familiares y núm. 22 y núm. 23 (2017) del Comité de los Derechos del Niño sobre los derechos humanos de los niños en el contexto de la migración internacional, el Comité recomienda al Estado parte que: a) Vele por que las autoridades públicas encargadas de los procedimientos para conceder el asilo respeten el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial en todas las decisiones relacionadas con el traslado de niños solicitantes de asilo o refugiados desde el Estado parte; b) Establezca marcos integrales de derivación y gestión de casos para los servicios que se ocupan de los niños, entre otras cosas en relación con la educación, la salud, la policía y el sector de la justicia, incluida la prestación de asistencia jurídica gratuita, para los niños no acompañados y separados, así como condiciones adecuadas en los centros de derivación, incluidos los centros de atención temporal para migrantes; c) Vele por que las escuelas y universidades privadas y públicas faciliten el acceso a la educación de los niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes, de conformidad con la legislación, y por que la falta de documentos no sea un obstáculo ni una causa de rechazo en la escuela; d) Acelere todos los procedimientos relativos a menores no acompañados, solicitantes de asilo y refugiados, y asegure que esos procedimientos se ajusten plenamente a la Convención.

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2FPPRiCAqhKb7yhso01sM7BsgHuNfko9zALJlqa4il48zsHlCN49%2Br4zoqQzw%2FXVldqYmwI0Sx9Fwr%2FEzqRwiMUXWljWtKv3Zc5If2HD%2F7sXegLF%2BxZAUXWq98e
* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.