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Resultados: 4250 / Página 97 de 425

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

23. El Comité recomienda al Estado parte que fije en 18 años la edad mínima para contraer matrimonio en todas las circunstancias.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Explotación económica, con inclusión del trabajo infantil
Legislación
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

21. a) Establezca un marco regulador claro para las empresas privadas que operen en el Estado parte, a fin de que sus actividades no perjudiquen los derechos del niño ni comprometan las normas medioambientales y de otra índole, especialmente las relativas a los derechos del niño; b) Vele por que las empresas, especialmente las empresas industriales y las industrias extractivas, cumplan efectivamente las normas nacionales e internacionales sobre el medio ambiente y la salud, que el cumplimiento de esas normas sea objeto de una vigilancia efectiva, que las infracciones den lugar a sanciones y reparaciones adecuadas y que se deba obtener una certificación internacional adecuada; c) Exija de las empresas una labor de evaluación, consulta y divulgación total de las repercusiones de sus actividades en el medio ambiente, la salud y los derechos del niño, así como sobre sus planes para hacer frente a esas repercusiones.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

19. a) Establezca rápidamente un mecanismo específico que permita vigilar el respeto de los derechos del niño y que sea capaz de recibir, investigar y tramitar las denuncias relacionadas con niños y presentadas por niños de una manera sensible a las necesidades de estos; de garantizar la privacidad y la protección de las víctimas; y de llevar a cabo actividades de vigilancia, seguimiento y verificación en favor de dichas víctimas; b) Asegure la independencia de ese mecanismo de vigilancia, en particular en lo relativo a su financiación, su mandato y sus inmunidades, a fin de garantizar su plena conformidad con los Principios de París; c) Solicite la cooperación técnica del ACNUDH, el UNICEF y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, entre otras entidades.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil
Recolección de datos

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

17. a) Acelere la aplicación de un sistema nacional, integrado y global de datos. Dichos datos deben abarcar todas las esferas de la Convención y estar desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, discapacidad, ubicación geográfica, origen étnico, nacionalidad y situación socioeconómica, para facilitar el análisis de la situación de todos los niños, en particular los que se encuentran en situación de vulnerabilidad. b) Comparta los datos y los indicadores entre los ministerios competentes encargados de la formulación, vigilancia y evaluación de las políticas, los programas y los proyectos para la aplicación efectiva de la Convención. En este contexto, el Comité también recomienda al Estado parte que intensifique la cooperación técnica con entidades como el UNICEF y con los mecanismos regionales.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Cooperación con la sociedad civil

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

15. a) Utilice un enfoque basado en los derechos del niño para preparar el presupuesto estatal, aplicando un sistema de seguimiento de las asignaciones y la utilización de los recursos para cuestiones relacionadas con la infancia. El Estado parte también debe utilizar este sistema de seguimiento para evaluar de qué manera las inversiones en cualquier sector pueden servir el interés superior del niño, asegurando que se midan los diferentes impactos en las niñas y los niños, y en los niños y niñas en diversas situaciones de vulnerabilidad. b) Vele por que el proceso presupuestario sea transparente y participativo gracias a un diálogo con la ciudadanía, en especial con los niños, y una adecuada rendición de cuentas de las autoridades locales. c) Defina partidas presupuestarias estratégicas para los niños en situaciones desfavorables o vulnerables que puedan requerir medidas sociales afirmativas, y procure que dichas partidas aumenten progresivamente y se mantengan incluso en situaciones de crisis económica, desastres naturales u otras emergencias. d) Siga solicitando, a tal fin, asistencia técnica a entidades como el UNICEF.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Coordinación
Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

13. a) Se asegure de que el marco institucional para la coordinación y realización de las actividades para la protección de los derechos del niño se base en una ley general adecuada; b) Apruebe con prontitud una ley orgánica del Ministerio de Desarrollo Social y designe a dicho Ministerio como entidad responsable de hacer efectivos los derechos del niño; c) Procure que el Ministerio reciba los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para su eficaz funcionamiento; d) Establezca un mecanismo adecuado de coordinación a nivel nacional, regional y local, delimitado claramente las responsabilidades de las autoridades a cada nivel, y con la participación de la sociedad civil.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil
Plan nacional de acción

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

11. El Comité alienta al Estado parte a que ultime y apruebe rápidamente una política y un plan de acción nacionales para la infancia, orientados a los resultados y supervisados y evaluados con arreglo a indicadores de derechos humanos basados en la Convención, y a que asigne suficientes recursos humanos, técnicos y financieros a su aplicación efectiva. El Comité recomienda al Estado parte que intensifique su cooperación con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) a este respecto.

 
 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

9. Recordando su anterior recomendación (CRC/C/CHL/CO/3, párr. 8), el Comité recomienda al Estado parte que concluya rápidamente el proceso de reforma legislativa y promulgue una ley sobre la protección integral de los derechos del niño, con arreglo a la Convención sobre los Derechos del Niño.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Argentina 2018

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

47. El Comité recomienda al Estado parte que coopere con la Organización de los Estados Americanos en la aplicación de la Convención y de otros instrumentos de derechos humanos, tanto en el Estado parte como en otros Estados miembros de dicha Organización.

 
 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Argentina 2018

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Coordinación
Trata, explotación sexual y abusos sexuales
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

45. a) Refuerce la coordinación en los ámbitos provincial y municipal, y establezca mecanismos de vigilancia para evaluar periódicamente la aplicación de las recomendaciones en el marco del Protocolo Facultativo; b) Incremente los recursos asignados a las campañas de concienciación y prepare material didáctico y cursos de formación para los profesionales pertinentes, como los agentes de policía y los inspectores de trabajo; c) Refuerce las medidas encaminadas a prevenir y combatir la explotación sexual de los niños en el contexto de los viajes y el turismo; d) Ajuste plenamente el Código Penal a los artículos 2 y 3 del Protocolo Facultativo, y establezca un sólido sistema legal de protección contra la venta y la trata de niños, así como un sistema de adopción seguro que respete el interés superior del niño.

 

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.