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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

63. El Comité recomienda al Estado parte que combata el uso indebido de alcohol y drogas entre los niños, entre otras cosas ofreciéndoles información precisa y objetiva y preparándoles para la vida de manera que sepan cómo prevenir el uso indebido de sustancias, como el tabaco o el alcohol, y que prepare tratamientos accesibles y adaptados a las necesidades de los jóvenes.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Acceso a una información apropiada
Difusión, capacitación y sensibilización
Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Adolescentes
Niñas

Recomendación:

61. a) Adopte una política general de salud sexual y reproductiva para los adolescentes que respete la confidencialidad y la privacidad, prestando especial atención a la prevención de los embarazos de niñas, y aumente la concienciación y el fomento de las conductas sexuales y la paternidad/maternidad responsables, prestando igual atención a niños y hombres; b) Mejore la calidad de los programas de educación sexual para los niños y las niñas y la formación profesional de los profesionales de la salud; c) Despenalice el aborto, revise sus leyes para garantizar el interés superior de las adolescentes embarazadas y asegure, en la ley y en la práctica, el acceso de las niñas a abortos en condiciones de seguridad y a servicios de atención después del aborto, y que las opiniones de las niñas se escuchen y se tengan siempre en cuenta en las decisiones relativas a los abortos; d) Adopte todas las medidas necesarias para prevenir, determinar y combatir las causas profundas de los suicidios entre los niños y las niñas, y no solo entre la población en general; establezca servicios de atención telefónica para personas con tendencias suicidas que funcionen 24 horas al día y que estén atendidos por personal cualificado, especialmente para atender a jóvenes y adolescentes; y lleve a cabo programas adecuados de sensibilización acerca del suicidio.

 

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Recomendaciones

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Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Cooperación con la sociedad civil
Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

59. a) Se asegure de que todos los niños tengan igual acceso a servicios de salud de calidad, públicos o privados, hasta que alcancen los 18 años de edad; b) Haga uso de los conocimientos disponibles sobre medios de diagnóstico y tratamiento sin fármacos del trastorno de déficit de atención con hiperactividad, mejore el diagnóstico de los problemas de salud mental entre los niños, procure que las autoridades sanitarias competentes determinen las causas profundas del trastorno de déficit de atención con hiperactividad entre los niños y adopte las medidas necesarias para impedir que se presione a los niños y a sus padres para que acepten tratamientos con fármacos psicoestimulantes; c) Refuerce las medidas destinadas a combatir el peso inferior al normal y el sobrepeso entre los niños, promueva un estilo de vida saludable que incluya actividad física y adopte las medidas necesarias para reducir la presión de la publicidad de alimentos en los niños, en particular en lo que respecta a alimentos ricos en grasas, azúcares y sal; d) A tal fin, solicite asistencia financiera y técnica a entidades como el UNICEF, la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud.

 
 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
Niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad
No discriminación e igualdad ante la ley
Recolección de datos

Actor afectado:

Con alguna discapacidad

Recomendación:

57. a) Desarrolle una política pública basada en los derechos que incluya a todos los niños con discapacidad; b) Establezca objetivos, indicadores y mecanismos de supervisión para evaluar la eficacia con que la Ley núm. 20422 favorece la inclusión social de los niños con discapacidad; c) Reúna y analice datos sobre la situación de todos los niños con discapacidad, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen nacional y étnico, ubicación geográfica y situación socioeconómica; d) Intensifique los esfuerzos destinados a asegurar una educación y una formación profesional integradoras para los niños con discapacidad, sin ningún tipo de discriminación, entre otras cosas asignando los recursos necesarios, capacitando debidamente a los profesionales y mejorando las infraestructuras de movilidad; e) Amplíe la prestación de servicios de atención de la salud adecuados para todos los niños con discapacidad, incluidos servicios de atención de la salud mental tanto para los niños como para sus cuidadores; f) Adopte todas las medidas necesarias para aplicar la prohibición de esterilizar y para respetar los derechos sexuales y reproductivos de las niñas con discapacidad; g) Diseñe actividades de promoción a nivel nacional y local para promover la participación efectiva de los niños con discapacidad en los asuntos que les afecten.

 

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Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar
Interés superior del niño
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Sin cuidados parentales

Recomendación:

55. a) Promueva la colocación en hogares de acogida como modalidad alternativa de cuidado y procure que los niños solo sean internados en instituciones como último recurso, y teniendo en cuenta su interés superior; b) Garantice salvaguardias adecuadas y criterios claros, sobre la base de las necesidades y el interés superior del niño, para determinar si un niño debe ser colocado en un centro de cuidados alternativos; c) Preste asistencia adecuada a los padres mientras sus hijos permanezcan acogidos, para que puedan volver a cuidarlos cuando ello redunde en el interés superior de los niños; d) Procure que los niños puedan mantener el contacto con sus padres, a menos que ello no redunde en su interés superior; e) Garantice una revisión periódica de los internamientos de niños en instituciones y de su colocación en hogares de acogida, y supervise la calidad de la atención que reciben en esos entornos, entre otras cosas ofreciendo vías accesibles y adaptadas a las necesidades de los niños para denunciar, vigilar y remediar situaciones de malos tratos a menores; f) Adopte las medidas necesarias para prevenir e impedir la violencia contra los niños en las instituciones y los hogares de acogida; g) Asegure una asignación suficiente de recursos humanos, técnicos y financieros a centros de cuidados alternativos y servicios pertinentes de atención al niño para facilitar la rehabilitación y la reintegración social de los niños que residen en ellos, en la mayor medida posible; h) Tenga en cuenta las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños (véase el anexo de la resolución 64/142 de la Asamblea General).

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

53. a) Procure que las madres y los padres compartan las responsabilidades parentales a partes iguales, promoviendo un enfoque de paternidad activa; b) Revise y adapte los reglamentos y políticas laborales para promover un mejor equilibrio entre la vida personal y la profesional, estableciendo por ley el horario laboral y las vacaciones anuales, con miras a proteger el tiempo personal; c) Adopte las medidas necesarias para asegurar la disponibilidad de servicios de apoyo fuera del horario laboral y aumentar el acceso de todas las familias a servicios y programas públicos.

 

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Recomendaciones

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Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Derecho a expresar su opinión libremente

Actor afectado:

En contextos rurales
Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

51. El Comité recomienda al Estado parte que los niños puedan acceder a los servicios de asistencia telefónica 24 horas al día, 7 días a las semana; que difunda más la existencia de estos servicios, sobre todo en las zonas rurales; y que utilice la información reunida para estandarizar procedimientos y orientar debidamente los programas y políticas.

 

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Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

No discriminación e igualdad ante la ley
Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

LGBTI+

Recomendación:

49. A la luz de su observación general núm. 18 (2014) sobre las prácticas nocivas, aprobada conjuntamente con el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el Comité recomienda al Estado parte que acelere el desarrollo y la aplicación de un protocolo de atención de la salud basado en los derechos para los niños intersexo, en el que se establezcan los procedimientos y los pasos que deben seguir los equipos sanitarios para que ninguna persona sea sometida a intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos innecesarios en la infancia o la niñez; se proteja el derecho de estos niños a la integridad física y mental, la autonomía y la libre determinación; se ofrezcan a los niños intersexo y a sus familiares apoyo y asesoramiento adecuados, también de personas en su misma situación; y se aseguren recursos efectivos a las víctimas, incluidas medidas de reparación e indemnizaciones.

 

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Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
Legislación
Recolección de datos
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

47. a) Promulgue legislación que penalice los delitos sexuales, entre ellos la explotación sexual, cometidos contra niños, y que especifique que esos delitos no prescriben; b) Asegure la investigación y el procesamiento efectivos de los casos de abusos sexuales cometidos contra niños, también cuando los autores sean miembros del clero católico; c) Elabore y aplique un plan nacional de capacitación de los distintos interesados que participan en el proceso de reparación jurídica de los niños víctimas de explotación y abusos sexuales, como el personal de los juzgados o los agentes de policía, sobre los criterios y normas para atender a los niños víctimas y sobre el manejo de esos casos, a fin de lograr que todos los niños que hayan sufrido alguna forma de explotación sexual sean tratados como víctimas y no reciban sanciones penales, y que los responsables sean debidamente procesados y castigados; d) Adopte todas las medidas necesarias para poner fin de manera efectiva a la explotación y los abusos sexuales de niños y niñas, refuerce los programas de prevención y detección temprana de los casos de abusos sexuales en las guarderías y las escuelas primarias y secundarias y fortalezca los mecanismos, procedimientos y directrices para asegurar la denuncia obligatoria de los casos de explotación y abusos sexuales de niños y niñas; e) Garantice un acceso rápido y oportuno a programas y políticas coordinados de prevención, recuperación y reintegración social de los niños y niñas víctimas, a nivel nacional, regional y local; f) Lleve a cabo actividades de sensibilización para combatir la estigmatización de las víctimas de explotación y abusos sexuales, en particular el incesto; garantice vías accesibles, confidenciales, eficaces y adaptadas a las necesidades de los niños para denunciar esos hechos; y adopte todas las medidas necesarias para poner fin a estos hechos de inmediato.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Chile 2015

Temas / Derecho afectados:

Castigos corporales
Entorno familiar
Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

45. A la luz de su observación general núm. 8 (2006) sobre el castigo corporal, y reiterando su recomendación anterior (CRC/C/CHL/CO/3, párr. 41), el Comité recomienda al Estado parte que apruebe una ley general en que se prohíba expresamente la imposición de castigos corporales a los niños en todos los entornos y se incluyan medidas para concienciar acerca de sobre formas positivas, no violentas y participativas de crianza.

 

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.