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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Ecuador 2017

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

12. a) Establezca rápidamente un mecanismo específico para supervisar los derechos del niño en la Defensoría del Pueblo, y le dé el mandato de recibir, investigar y tratar las quejas presentadas por los niños de modo que se tengan en cuenta los intereses de estos, por ejemplo, proponiendo legislación y políticas sobre los derechos del niño; b) Asegure la independencia de la Defensoría del Pueblo y que esta cuente con los recursos humanos, técnicos y financieros adecuados para promover y supervisar la aplicación de la Convención y sus Protocolos Facultativos.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Ecuador 2017

Temas / Derecho afectados:

Recolección de datos
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

11. a) Siga reforzando su sistema de reunión de datos, particularmente garantizando que los datos abarquen todos los ámbitos de la Convención y estén desglosados por edad, sexo, discapacidad, ubicación geográfica, origen étnico, nacionalidad y situación socioeconómica a fin de facilitar el análisis de todos los niños, incluidos aquellos que están en situación de vulnerabilidad; b) Establezca un sistema de reunión de datos sobre la malnutrición crónica, en especial en las zonas rurales, y sobre las distintas formas de violencia contra los niños; c) Adopte indicadores específicos sobre la infancia en la recopilación de datos relativos a la trata, la explotación sexual y la pornografía; d) Tome en consideración, al definir, reunir y difundir información estadística, el marco conceptual y metodológico que figura en el informe Indicadores de derechos humanos: Guía para la medición y la aplicación, de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Ecuador 2017

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Protección de los testigos y las víctimas de delito
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Indígenas
Migrantes y/o refugiades
Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

10. a) Aplique un enfoque que tenga en cuenta los derechos del niño al elaborar el presupuesto del Estado mediante un sistema de rastreo que abarque todos los gastos relativos a la infancia y la adolescencia, e incluya análisis del impacto, desglosados por género, sobre la medida en que las inversiones en un sector determinado pueden contribuir al interés superior del niño; b) Asigne recursos para los derechos de todos los niños, incluida la eliminación de la pobreza multidimensional en la primera infancia y de la malnutrición infantil, la protección integral de los niños y las medidas destinadas a afrontar la violencia contra estos; c) Defina partidas presupuestarias para la infancia, teniendo en cuenta el género y las situaciones de vulnerabilidad, como los niños que pertenecen a pueblos y otras nacionalidades indígenas, los niños montubios y afroecuatorianos, los que tienen discapacidad, los que viven en la pobreza, los que se encuentran en régimen de acogida y los niños migrantes, solicitantes de asilo y refugiados, y asigne y ejecute fondos públicos para eliminar todos los obstáculos discriminatorios que puedan afectar al acceso de los niños a sus derechos; d) Vele por que las medidas regresivas que afecten a la asignación de presupuestos sean consideradas cuidadosamente cuando se hayan evaluado todas las demás opciones y garantizando que los niños, particularmente aquellos que están en situaciones de vulnerabilidad, serán los últimos en verse afectados por tales medidas; e) Garantice que todas las medidas represivas sean necesarias, razonables, proporcionadas, no discriminatorias y temporales y que los derechos que se vean afectados se restablecerán lo antes posible, y adopte las medidas adecuadas para garantizar que las obligaciones fundamentales mínimas e inmediatas relativas a los derechos de los niños no se vean comprometidas por ningún tipo de medida regresiva, ni siquiera en tiempos de crisis económica; f) Asegure el funcionamiento efectivo de la dependencia especializada de la Asamblea Nacional para el control y la ejecución del presupuesto general.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Ecuador 2017

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Coordinación
Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

9. a) Establezca un órgano de coordinación interministerial de alto nivel, dotado de un mandato claro y de suficiente autoridad para coordinar todas las políticas, las actividades y los programas relativos a la aplicación de la Convención a nivel intersectorial, nacional y cantonal; b) Dote a la Subsecretaría de Protección de la Niñez y a la Subsecretaría de Protección Especial del Ministerio de Inclusión Económica y Social de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para cumplir sus mandatos; c) Asegure la entrada en funcionamiento del Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia mediante la asignación de recursos humanos, técnicos y financieros específicos en todos los niveles, y que el mandato del Sistema Nacional Descentralizado siga siendo específico para los derechos del niño y se diferencie del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional; d) Adopte directrices claras y refuerce el mandato del nuevo Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional y de los consejos cantonales para la protección de los derechos, al objeto de intensificar y defender la especificidad y la interdependencia de todos los derechos del niño. El Estado parte debe establecer elementos de referencia claros sobre el grado en que las agendas locales para la igualdad cumplen con la Convención; e) Acelere el establecimiento de consejos cantonales para la protección de los derechos y se asegure de que las autoridades cantonales asignen recursos humanos, técnicos y financieros específicos para la aplicación de los derechos del niño; f) Establezca sistemas locales para la protección especial e integral de los niños que trabajan, en coordinación con esos consejos, y asigne recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para su funcionamiento. El Estado parte debe dotar de capacidad a las autoridades responsables de los servicios de protección especial respecto de las obligaciones del Estado parte contraídas en virtud de la Convención; g) Vele por que las autoridades judiciales se especialicen y trabajen en consonancia con los derechos del niño; h) Establezca un órgano adecuado a un alto nivel interministerial que tenga el mandato claro y la autoridad suficiente para coordinar todas las actividades relacionadas con los derechos del niño en la primera infancia.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Ecuador 2017

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Difusión, capacitación y sensibilización
Plan nacional de acción
Trata, explotación sexual y abusos sexuales
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

7. a) Adopte una política y una estrategia nacionales integrales destinadas específicamente a hacer efectivos los derechos del niño de conformidad con la Convención y sus dos primeros Protocolos Facultativos, relativos a la participación de niños en los conflictos armados y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, en cooperación con los sectores público y privado que participan en la promoción y protección de los derechos del niño, en consulta con los niños y sobre la base de un enfoque que tenga en cuenta dichos derechos. Esta política debe incluir a todos los niños del Estado parte y todos los aspectos que comprende la Convención; contar con recursos humanos, técnicos y financieros suficientes; incluir asignaciones presupuestarias y plazos claros y adecuados; incorporar mecanismos de seguimiento y supervisión; b) Se asegure de que la nueva Agenda Nacional para la Igualdad 2018-2021 y todas las agendas locales para la igualdad incluyan elementos de referencia y programas específicos destinados a que el Estado parte cumpla sus obligaciones y se hagan efectivos los derechos del niño. Estas agendas deberían establecer un sistema de vigilancia periódica que permita al Estado parte realizar un seguimiento de la manera en que el sistema da respuesta a la protección de todos los niños en el país; c) Refuerce la capacidad de las autoridades nacionales y locales que participan en el Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional y en los consejos cantonales para la protección de los derechos en todos los aspectos de la Convención y sus Protocolos Facultativos.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Ecuador 2017

Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar
Inscripción del nacimiento
Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

 

6. a) Asegure la plena aplicación de la legislación recogida en el Código de la Niñez y Adolescencia; b) Vele por que cualquier reforma jurídica mantenga la especialidad del marco jurídico relativo a los derechos del niño y proteja a los niños en tanto que titulares de todos los derechos recogidos en la Convención, independientemente de que cumplan con determinadas responsabilidades; c) Revise su marco normativo, incluidos el Código Civil y la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles (2016), en relación con las cuestiones relativas a la identidad y la adopción, y lo ajuste a la Convención.
 
 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía - Cuba 2015

Temas / Derecho afectados:

Recolección de datos

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

43. De conformidad con el artículo 12, párrafo 2, del Protocolo Facultativo, el Comité pide al Estado parte que incluya más información sobre la aplicación del Protocolo Facultativo y las presentes observaciones finales en su próximo informe periódico, que debe presentarse de conformidad con el artículo 44 de la Convención.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía - Cuba 2015

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

42. El Comité recomienda que el informe y las respuestas escritas presentadas por el Estado parte y las presentes observaciones finales se difundan ampliamente, también, aunque no exclusivamente, por Internet, entre la población en general, las organizaciones de la sociedad civil, los grupos de jóvenes, las asociaciones profesionales y los niños, a fin de generar debate y concienciar acerca del Protocolo Facultativo, su aplicación y su seguimiento.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía - Cuba 2015

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

41. El Comité recomienda al Estado parte que adopte todas las medidas necesarias para lograr la plena aplicación de las presentes recomendaciones, entre otras cosas, transmitiéndolas al Parlamento, los ministerios competentes y otras autoridades nacionales y locales para que las estudien debidamente y actúen en consecuencia.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía - Cuba 2015

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

40. El Comité recomienda al Estado parte que, para seguir reforzando el ejercicio efectivo de los derechos del niño, ratifique el Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones.

 
 

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.