Nombre del documento:
Observaciones Finales Informe País - Guatemala 2018
Temas / Derecho afectados:
Asignación de recursos
Malos tratos y descuidos
Tortura y tratos inhumanos o degradantes
Vigilancia independiente
Actor afectado:
Sin cuidados parentales
Víctimas de abuso
Recomendación:
21. a) Adopte urgentemente una estrategia integral para poner fin a toda forma de abuso contra los niños en entornos institucionales, vigile sistemáticamente la situación de los niños internados en instituciones y dé prioridad a la investigación de todos los casos de violencia, garantizando la identificación y la destitución inmediata de los miembros del personal responsables de actos de violencia y malos tratos; b) Lleve a cabo una investigación independiente e imparcial de los acontecimientos que tuvieron lugar en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción en marzo de 2017 y de las denuncias de maltrato contra los niños en el centro, con el fin de identificar, enjuiciar y condenar a los autores y de adoptar medidas administrativas contra los miembros del personal responsables, en particular la suspensión de sus funciones; c) Realice una evaluación individualizada de la situación psicosocial de las víctimas supervivientes del incendio del Hogar Seguro Virgen de la Asunción y de las familias de todas las víctimas, y les facilite acceso a la reparación y la recuperación psicosocial. El Estado parte debería reforzar la capacidad de la Secretaría de Bienestar Social para hacer frente a la situación de los niños víctimas desde una perspectiva basada en los derechos del niño; d) Adopte un programa de reparación integral para todos los niños internados en instituciones, incluidas medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción e indemnización, así como una garantía de no repetición en relación con el incidente que tuvo lugar en marzo de 2017 en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción; e) Adopte medidas para hacer un seguimiento de la situación de los niños trasladados del Hogar Seguro Virgen de la Asunción a otras instituciones y brindarles protección, al igual que a los niños en proceso de reunificación familiar. El Estado parte debería asegurar la realización de evaluaciones periódicas, el acceso a la información y la desinstitucionalización, así como la estrecha cooperación con la Procuraduría de los Derechos Humanos y la aplicación de las recomendaciones formuladas por dicha institución; f) Adopte sin demora una estrategia integral para reducir el hacinamiento en los centros juveniles de privación de libertad y mejore las condiciones de vida de los niños internados en esas instituciones; g) Refuerce las medidas para combatir la impunidad y vele por la realización de investigaciones prontas y exhaustivas y por la imposición de condenas a los responsables de actos de violencia, tortura, malos tratos o abusos; h) Establezca un sistema de gestión de la información para hacer un seguimiento del número de casos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes contra los niños en todos los entornos, así como del número de enjuiciamientos a sus autores y de penas impuestas; i) Establezca un procedimiento de presentación de denuncias para todos los niños internados en centros de protección y de privación de libertad y proporcione recursos apropiados.