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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Haití 2016

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

Adolescentes
Madres

Recomendación:

39. En relación con su observación general núm. 18 (2014) sobre las prácticas nocivas, aprobada de manera conjunta con el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el Comité de los Derechos del Niño recomienda al Estado parte que dé prioridad a programas generales de sensibilización, incluidas campañas, para fomentar el conocimiento de las consecuencias perjudiciales del matrimonio infantil y luchar contra las actitudes negativas de la sociedad para con las menores de edad solteras que quedan embarazadas y brindar a las madres adolescentes y a sus hijos todo el apoyo y la protección necesarios frente a la estigmatización y la exclusión.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Haití 2016

Temas / Derecho afectados:

Derecho a un nivel de vida adecuado

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal
En conflictos armados

Recomendación:

37. El Comité insta al Estado parte a que trace estrategias generales para atajar debidamente ese problema. Dichas estrategias no se deben limitar a medidas penales, sino que deben apuntar a los factores sociales y a las causas fundamentales de la violencia de las bandas y de los delitos relacionados con los estupefacientes entre los adolescentes, incluidas políticas de inclusión social de los adolescentes marginados. El Comité también recomienda al Estado parte que establezca programas de asistencia a los integrantes de las bandas para que las abandonen y se reintegren en la sociedad.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Haití 2016

Temas / Derecho afectados:

Legislación
Protección de los testigos y las víctimas de delito
Salud y acceso a los servicios de salud
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

35. El Comité insta al Estado parte a que haga cumplir estrictamente la legislación nacional que protege a los niños de la explotación y los abusos sexuales, procese a los autores y les aplique la pena correspondiente, e imparta capacitación intensiva sobre la legislación pertinente al personal de la policía, a la judicatura y a demás profesionales competentes que trabajan con los niños y para ellos; y lo insta asimismo a que: a) Establezca mecanismos, procedimientos y directrices de notificación obligatoria de los casos de explotación y abusos sexuales de niños y emprenda programas de sensibilización, incluidas campañas, para luchar contra la estigmatización de las víctimas; establezca canales accesibles, confidenciales, adaptados a las necesidades de los niños y eficaces para denunciar esos hechos; y proteja a las víctimas y a las familias de las víctimas frente a cualquier forma de represalia; b) Prohíba las transacciones extrajudiciales en los casos de explotación y abusos sexuales de niños, incluido el envío de la víctima a contraer matrimonio o plasaj u otra forma de relación con el autor del delito; c) Garantice servicios adecuados y de calidad, incluido el acceso puntual y gratuito a los anticonceptivos de emergencia y la profilaxis del VIH, así como recursos para proteger, resarcir y rehabilitar a los niños que sean víctimas de explotación y abusos sexuales, y preste apoyo específico a las niñas y las madres solas que vivan en la pobreza para prevenir que recurran a las denominadas “relaciones sexuales transaccionales”; d) Tipifique explícitamente la violación conyugal y disponga que conlleve una pena igual a la de la violación fuera del matrimonio; e) Facilite que las madres trabajadoras puedan dejar a los hijos en guarderías adecuadas y colabore con las organizaciones de la sociedad civil, entre otras, para crear dichos centros, también en los campamentos de desplazados internos; f) Elabore programas y políticas de prevención, recuperación y reintegración social de los niños que son víctimas, de conformidad con los documentos finales aprobados en los Congresos Mundiales contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños.

 

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Observaciones Finales Informe País - Haití 2016

Temas / Derecho afectados:

Castigos corporales
Difusión, capacitación y sensibilización
Plan nacional de acción

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

33. a) Prohíba explícitamente los castigos corporales en todos los entornos y haga cumplir estrictamente dicha prohibición, y vigile de manera periódica la prohibición de los castigos corporales en todos los entornos; b) Sensibilice a los maestros sobre la prohibición de la violencia, entre otros medios redactando un código de conducta para maestros y capacitándolos en formas de disciplina positivas y no violentas; c) Elabore una estrategia nacional general para prevenir y combatir todas las formas de violencia contra los niños; d) Fomente maneras de crianza y de disciplina positivas, participativas y sin violencia, y refuerce los programas de sensibilización y de educación, incluidas las campañas, sobre la prohibición de los castigos corporales, también con la colaboración de los niños.

 
 

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Observaciones Finales Informe País - Haití 2016

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
Legislación
Recolección de datos
Respeto de las opiniones del niño

Actor afectado:

Niñas

Recomendación:

31. a) Apruebe legislación específica sobre la violencia de género para reforzar el marco jurídico de protección de las mujeres y las niñas contra todas las formas de violencia y elabore y ponga en práctica directrices claras y sanciones disciplinarias para luchar contra la impunidad y hacer que los agentes del orden deban responder de los actos de corrupción, y asimismo que aliente a los niños que sean víctimas de violencia de género y a sus padres a que presenten la denuncia ante la policía; b) Revise su legislación a fin de que el testimonio de la víctima baste para incoar la acción penal por el delito de violación y demás formas de violencia, y se asegure de que la víctima no deba abonar suma alguna por el enjuiciamiento de la violencia de género; c) Refuerce la protección, asistencia y rehabilitación de la víctima, privilegiando particularmente la protección de las mujeres y las niñas embarazadas, y estableciendo con ese fin un completo sistema de atención de los niños que sean víctimas de la violencia de género; d) Reúna datos desglosados sobre la violencia de género contra las mujeres y las niñas, y sobre el número de denuncias, procesamientos y condenas, e incluya dichos datos en su próximo informe; e) Emprenda ambiciosos programas de sensibilización y de educación en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil, concebidos expresamente para los niños y las niñas, los hombres y las mujeres, con el fin de prevenir la violencia de género y combatir la estigmatización de las víctimas.

 

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Observaciones Finales Informe País - Haití 2016

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
Garantías judiciales y protección judicial
Vigilancia independiente

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

29. a) Realice una investigación pronta y exhaustiva de todas las denuncias de violencia y tortura, procese a los autores de dichos actos y se asegure de que sean condenados a penas acordes con la gravedad del delito cometido; b) Establezca un mecanismo adaptado a las necesidades de los niños para que los que están privados de libertad puedan mantener una correspondencia reservada con los órganos judiciales y de recepción de denuncias externos, y que en todas las cárceles se instalen buzones de quejas cerrados; c) Sensibilice y capacite al personal policial, los asistentes sociales, los fiscales y los jueces acerca de la denuncia, investigación, enjuiciamiento y punición de los casos de violencia doméstica y de otras formas de violencia contra los niños, y garantice vías de denuncia adaptadas a las condiciones de los niños para dichos casos; d) Prosiga la labor de aprobación de protocolos de coordinación entre las autoridades responsables de la protección de los niños en la frontera de la República Dominicana con Haití, así como de protocolos para el retorno voluntario de los niños migrantes, con las debidas garantías procesales.

 
 

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Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Inscripción del nacimiento
Nombre y nacionalidad

Actor afectado:

Migrantes y/o refugiades
Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

27. a) Se asegure de que las Oficinas del Registro Civil expidan gratuitamente la partida de nacimiento; b) Vele por que se cumplan en un mismo acto la inscripción y la expedición de la partida de nacimiento; c) Asigne los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios a las Oficinas del Registro Civil, incluida la capacitación de los empleados; d) Aumente el número de Oficinas del Registro Civil y el acceso a estas en todas las partes del país, especialmente en las zonas alejadas y rurales; e) Revise sus políticas con miras a permitir que los niños obtengan tarjetas de identificación; f) Apruebe el proyecto de la ley de nacionalidad y la correspondiente legislación de Registro Civil, y además haga que el proyecto del Código de Protección del Niño concuerde con la ley de nacionalidad y con las convenciones sobre la apatridia; ascendencia haitiana que fueron expulsados de la República Dominicana y a sus familias; h) Se adhiera a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954, y a la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, de 1961.

 

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Temas / Derecho afectados:

Respeto de las opiniones del niño

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

25. Respecto de su observación general núm. 12 (2009) sobre el derecho del niño a ser escuchado, el Comité reitera sus anteriores observaciones finales (CRC/C/15/ Add.202, párr. 31) y alienta al Estado parte a que se tengan debidamente en cuenta las opiniones de los niños, de conformidad con el artículo 12 de la Convención, en la familia, las escuelas, los tribunales y en todos los procedimientos administrativos y de otro tipo que les afecten mediante, entre otras cosas, la promulgación de la legislación adecuada, la formación de profesionales y la realización de actividades específicas en las escuelas.

 

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Observaciones Finales Informe País - Haití 2016

Temas / Derecho afectados:

Interés superior del niño
Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

24. Habida cuenta de su observación general núm. 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial, el Comité reitera sus anteriores observaciones finales (CRC/C/15/Add.202, párr. 29) y recomienda al Estado parte que vele por que el principio del interés superior del niño se refleje en toda la legislación, políticas y programas pertinentes y asimismo en la aplicación de la Convención. Le recomienda en particular que derogue la norma de la “correction paternelle”, que permite a los padres mandar a los hijos a la cárcel.

 

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Observaciones Finales Informe País - Haití 2016

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil
Difusión, capacitación y sensibilización
No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

Con alguna discapacidad
En contextos de pobreza
Indígenas
LGBTI+
Niñas

Recomendación:

23. a) Dar cumplimiento efectivo a la Ley de Paternidad, Maternidad y Filiación, entre otros medios facilitando el libre acceso a la prueba de ADN en un plazo prudencial y dando amplia difusión a la ley, particularmente entre las personas que viven en las zonas más apartadas; b) Dar retroactividad a la Ley de Paternidad, Maternidad y Filiación para que pueda amparar a los niños nacidos antes de 2014; c) Erradicar la discriminación social contra las niñas mediante programas de educación de la opinión pública, incluidas campañas, organizados en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil, opiniones influyentes, familias y los medios de comunicación para luchar contra los estereotipos sobre el papel del hombre y la mujer, y capacitar en igualdad de género a los docentes y demás personal de todos los estamentos del sistema educativo; d) Establecer programas de sensibilización, incluidas campañas, con el fin de erradicar la discriminación y la exclusión social de los niños con discapacidad, los niños de la calle, los que realizan trabajo infantil, los nacidos fuera del matrimonio o abandonados por el padre, así como las niñas lesbianas y los niños gais, bisexuales, transgénero e intersexuales; protegerlos contra todo tipo de agresión; y fomentar condiciones de inclusión y tolerancia en la sociedad, especialmente en la escuela y demás espacios destinados a los niños.

 

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.