Nombre del documento:
Observaciones Finales Informe País - Haití 2016
Temas / Derecho afectados:
Legislación
Protección de los testigos y las víctimas de delito
Salud y acceso a los servicios de salud
Trata, explotación sexual y abusos sexuales
Recomendación:
35. El Comité insta al Estado parte a que haga cumplir estrictamente la legislación nacional que protege a los niños de la explotación y los abusos sexuales, procese a los autores y les aplique la pena correspondiente, e imparta capacitación intensiva sobre la legislación pertinente al personal de la policía, a la judicatura y a demás profesionales competentes que trabajan con los niños y para ellos; y lo insta asimismo a que: a) Establezca mecanismos, procedimientos y directrices de notificación obligatoria de los casos de explotación y abusos sexuales de niños y emprenda programas de sensibilización, incluidas campañas, para luchar contra la estigmatización de las víctimas; establezca canales accesibles, confidenciales, adaptados a las necesidades de los niños y eficaces para denunciar esos hechos; y proteja a las víctimas y a las familias de las víctimas frente a cualquier forma de represalia; b) Prohíba las transacciones extrajudiciales en los casos de explotación y abusos sexuales de niños, incluido el envío de la víctima a contraer matrimonio o plasaj u otra forma de relación con el autor del delito; c) Garantice servicios adecuados y de calidad, incluido el acceso puntual y gratuito a los anticonceptivos de emergencia y la profilaxis del VIH, así como recursos para proteger, resarcir y rehabilitar a los niños que sean víctimas de explotación y abusos sexuales, y preste apoyo específico a las niñas y las madres solas que vivan en la pobreza para prevenir que recurran a las denominadas “relaciones sexuales transaccionales”; d) Tipifique explícitamente la violación conyugal y disponga que conlleve una pena igual a la de la violación fuera del matrimonio; e) Facilite que las madres trabajadoras puedan dejar a los hijos en guarderías adecuadas y colabore con las organizaciones de la sociedad civil, entre otras, para crear dichos centros, también en los campamentos de desplazados internos; f) Elabore programas y políticas de prevención, recuperación y reintegración social de los niños que son víctimas, de conformidad con los documentos finales aprobados en los Congresos Mundiales contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños.