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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Derecho a un nivel de vida adecuado

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

44. El Comité recomienda al Estado parte que estudie todas las alternativas posibles a la detención de las madres. También debe ultimar la revisión de las directrices relacionadas con los niños que viven con sus madres en prisión y aplicarlas de manera efectiva a fin de que sus condiciones de vida, en particular el acceso a la alimentación, la salud, la higiene y la educación, sean las adecuadas para su desarrollo físico, psicológico, moral y social y de que estén protegidos frente a la violencia.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
Legislación
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

34. a) Revisar la legislación federal y estatal para que la violación quede tipificada como delito en consonancia con las normas internacionales y derogar todas las disposiciones legales que puedan usarse para eximir de responsabilidad a quienes abusen sexualmente de niños. b) Velar por que la reforma del Código Penal Federal no prevea la prescripción ni de las sanciones ni de la acción penal en casos de delitos de abusos sexuales contra niños y por que se sancione tanto a los autores como a los cómplices. Se deben adoptar disposiciones similares en todos los códigos penales estatales. c) Establecer mecanismos, procedimientos y directrices que obliguen a denunciar casos de abusos sexuales y explotación de niños y asegurarse de que existan mecanismos de denuncia adaptados a estos, en particular en las escuelas. d) Prevenir, investigar y enjuiciar todos los casos de abusos sexuales de niños y castigar debidamente a las personas declaradas culpables. e) Impartir formación a jueces, abogados, fiscales, agentes de policía y demás personas competentes para que puedan ocuparse de los niños víctimas de violencia sexual y sepan cómo inciden los estereotipos de género que persisten en la judicatura en el derecho de las niñas a un juicio imparcial en los casos de violencia sexual, así como seguir de cerca los juicios en que intervengan niños. f) Aplicar de manera efectiva el protocolo de asistencia a los niños víctimas de abusos sexuales, ofrecerles servicios de calidad y recursos para su protección, encargarse de su recuperación física y psicológica y su reintegración social e indemnizarlos. g) Realizar una labor de sensibilización para prevenir los abusos sexuales contra niños, informar a la ciudadanía en general de que dichos abusos constituyen un delito y acabar con la estigmatización de las víctimas, en particular cuando los presuntos autores son familiares.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Castigos corporales
Legislación
Tortura y tratos inhumanos o degradantes

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

32. A la luz de su observación general núm. 8 (2006) sobre el derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes y su observación general núm. 13 (2011) sobre el derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia, el Comité insta al Estado parte a aprobar en el plano federal y estatal leyes y políticas integrales para prevenir y sancionar todas las formas de violencia y proteger y asistir a los niños que sean víctimas. El Estado parte también debe: a) Armonizar la definición del delito de tortura en todos los estados, de conformidad con las normas internacionales, y velar por que en los protocolos relacionados con la investigación y el enjuiciamiento de los casos de tortura se tengan en cuenta los derechos del niño. b) Lograr que queden expresamente prohibidos los castigos corporales en todos los entornos, tanto a nivel federal como estatal, y que se derogue el “derecho a corregir” de los códigos civiles federal y estatales. El Estado parte también debe dar a conocer formas positivas, no violentas y participativas de criar a los hijos. c) Aplicar de manera efectiva la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entre otros modos ejecutando íntegramente el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, de acuerdo con la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (véase CEDAW/C/MEX/CO/7 8, párr. 16 a)). d) Velar por que los niños víctimas tengan acceso a la justicia, entre otras formas creando los servicios especializados previstos en el seno de la Procuraduría General, facilitando mecanismos de denuncia confidenciales y adaptados a los niños en las instituciones, escuelas, centros de detención, hospitales y otros entornos pertinentes, prestando apoyo jurídico, enjuiciando a los presuntos responsables y rehabilitando e indemnizando a los niños víctimas. e) Realizar un estudio sobre el alcance de la violencia contra los niños por Internet y seguir trabajando para prevenir y combatir este fenómeno, centrándose en los niños tanto dentro como fuera de las aulas. f) Implantar programas de juego, esparcimiento, ocio, cultura, artes y deportes, así como infraestructuras y espacios públicos seguros, que contrarresten los efectos negativos de la violencia, transmitan competencias no violentas de comunicación y aseguren el adecuado desarrollo de los niños. g) Adoptar medidas para hacer efectiva la prohibición de que los niños reciban clases de tauromaquia y otros espectáculos relacionados por ser una de las peores formas de trabajo infantil, así como para proteger a los niños en su condición de espectadores y concienciar de la violencia física y psicológica asociada al toreo y sus repercusiones en los niños.

 

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Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo
Protección de los testigos y las víctimas de delito

Actor afectado:

En conflictos armados

Recomendación:

30. a) Tipifique como delito de manera explícita el reclutamiento de niños por grupos armados, como los grupos de la delincuencia organizada; b) Vele por que los grupos armados no recluten a ningún niño, entre otras formas identificando y siguiendo a los diversos grupos armados del país, en particular a los grupos de la delincuencia organizada; c) Garantice que los niños reclutados ilegalmente tengan acceso a la justicia y reciban una indemnización; d) Revise la estrategia de lucha contra la delincuencia organizada para que los niños estén protegidos de la violencia, así como que cumpla efectivamente con el protocolo conjunto para la protección de los derechos de los niños durante las operaciones federales contra los grupos de la delincuencia organizada llevadas a cabo por el ejército, las fuerzas de seguridad, las instancias judiciales y los órganos de bienestar social.

 
 

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Recomendaciones

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Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Inscripción del nacimiento

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

28. El Comité recomienda al Estado parte que redoble sus esfuerzos por garantizar la inscripción universal de los nacimientos, entre otras vías acometiendo las reformas legales necesarias y adoptando los procedimientos que correspondan a escala estatal y municipal. Debe haber oficinas o dependencias itinerantes del registro en todos los centros de maternidad, en los principales puntos de tránsito o destino de migrantes y en las comunidades donde los niños nacen con parteras tradicionales.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Legislación
Respeto de las opiniones del niño

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

26. a) En consonancia con los artículos 72 y 125.III de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, vele por que se creen foros permanentes de participación de los niños en el ámbito federal, estatal y municipal y siga de cerca su incidencia en la elaboración y aplicación de las leyes y políticas correspondientes; b) Aplique efectivamente la legislación que reconoce el derecho del niño a ser escuchado en los procedimientos judiciales y aministrativos que le afecten, entre otras formas haciendo un seguimiento del cumplimiento del protocolo para impartir justicia en casos que impliquen a niños.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

24. El Comité recomienda al Estado parte que adopte más medidas para prevenir los accidentes de tráfico, siga sensibilizando en torno a la prevención de accidentes e introduzca e imponga sanciones adecuadas, en particular a quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol u otras drogas.

 
 

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Temas / Derecho afectados:

Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo
Legislación
No discriminación e igualdad ante la ley
Protección de los testigos y las víctimas de delito
Recolección de datos

Actor afectado:

Niñas

Recomendación:

22. a) Aprobar sin demora la ley general de desapariciones forzadas y velar por que la desaparición forzada esté tipificada en el ámbito federal y estatal de conformidad con la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. La ley debe incluir medidas específicas para combatir la desaparición de niños, en particular niñas. b) Adoptar medidas con carácter urgente para prevenir las muertes violentas, los asesinatos y las desapariciones de niños y sus padres, en particular combatiendo las causas subyacentes a esos actos violentos, como la violencia armada, la delincuencia organizada, el tráfico de estupefacientes, la desigualdad de género, la pobreza y la marginación. c) Proveer mecanismos adaptados a los niños para investigar las denuncias de muertes violentas, asesinatos y desapariciones, así como velar por que se investiguen sin demora y de manera exhaustiva esos actos, por que se enjuicie a los presuntos responsables, especialmente cuando el presunto autor sea un cargo público, como en el caso de Tlatlaya, y por que las familias de los niños víctimas reciban apoyo psicosocial y una indemnización adecuada. d) Simplificar y armonizar en el ámbito estatal los procedimientos vigentes para activar la “Alerta AMBER” con miras a iniciar sin demora la búsqueda de los niños desaparecidos y sus padres. e) Tal y como recomendó el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (véase CEDAW/C/MEX/CO/7 8, párr. 19 a)), asegurarse de que el feminicidio se tipifique como delito en los códigos penales de todos los estados, a partir de los elementos objetivos que permiten calificarlo debidamente de acuerdo con las normas internacionales, y normalizar los protocolos de la investigación policial del feminicidio en todo el país. El Estado parte también debe velar por que se cumplan en la práctica las disposiciones que castigan el feminicidio en los códigos penales federal y estatales. f) Reunir datos desglosados sobre los asesinatos, incluidos los feminicidios, y la desaparición de niños, así como sobre las madres y los padres que han sido asesinados u objeto de desaparición y sobre el número de niños que han quedado desamparados a consecuencia de ello.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Interés superior del niño

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

20. En vista de su observación general núm. 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial, el Comité recomienda al Estado parte que intensifique sus esfuerzos para que se integre adecuadamente este derecho y se aplique sistemáticamente en todos los procedimientos y decisiones de índole legislativa, administrativa y judicial, así como en todas las políticas, programas y proyectos que sean relevantes para los niños e incidan en ellos. En este sentido, se alienta al Estado parte a elaborar procedimientos y criterios que sirvan de referencia a todas las personas competentes para determinar el interés superior del niño en todos los ámbitos y dar a ese interés el peso debido como consideración primordial.

 

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Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

Niñas

Recomendación:

18. El Comité insta al Estado parte a considerar absolutamente prioritaria la erradicación de las actitudes patriarcales y los estereotipos de género que discriminan a las niñas y las mujeres, entre otras vías mediante programas educativos y de sensibilización.

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.