Consulta

  • País

  • Año

  • Tema / Derecho afectado *

  • Actor afectado

  • Órgano emisor

Resultados: 4250 / Página 59 de 425

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Perú 2016

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Recolección de datos

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

10. El Comité recomienda al Estado parte que establezca indicadores para supervisar y evaluar el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia (2012-2021) con miras a detectar posibles deficiencias y subsanarlas. Además, el Estado parte debe garantizar que la ejecución del Plan cuenta con el apoyo de suficientes recursos humanos, técnicos y financieros.

 

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2fPPRiCAqhKb7yhsndLtGe5EHJJCjWfHgz50mg27fxyB5751ePvoMAVXcI3bgiigLA81ctfilF2D5aG3ln2smOIrgiu3naXe6aYQCgU%2b5PLCdZD%2f0Sg1Ey5QiUT

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Perú 2016

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Entorno familiar
Legislación
Respeto de las opiniones del niño

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal
Sin cuidados parentales
Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

8. El Comité insta al Estado parte a que agilice la revisión del Código de los Niños y Adolescentes y se asegure de que está plenamente en consonancia con la Convención, particularmente en lo concerniente al sistema de protección de la infancia, la participación de los niños, la adopción y la justicia juvenil. El Estado parte debe asegurarse de que en ese proceso se escuchan y se tienen plenamente en cuenta las opiniones de los niños y de las organizaciones pertinentes que se ocupan de los derechos del niño. Además, el Comité reitera su recomendación anterior (véase CRC/C/PER/CO/3, párr. 7) de que se derogue la “Ley de Mendicidad”.

 

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2fPPRiCAqhKb7yhsndLtGe5EHJJCjWfHgz50mg27fxyB5751ePvoMAVXcI3bgiigLA81ctfilF2D5aG3ln2smOIrgiu3naXe6aYQCgU%2b5PLCdZD%2f0Sg1Ey5QiUT

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Perú 2016

Temas / Derecho afectados:

Explotación económica, con inclusión del trabajo infantil
Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

6. El Comité recomienda al Estado parte que adopte todas las medidas necesarias para cumplir las recomendaciones contenidas en sus observaciones finales de 2006 (CRC/C/PER/CO/3) a las que aún no se haya dado cumplimiento, o a las que se haya dado cumplimiento de manera insuficiente, en particular las relativas a la legislación y su aplicación (párr. 8) y a la explotación económica, incluido el trabajo infantil (párr. 64).

Enlace / Descarga:

https://docstore.ohchr.org/SelfServices/FilesHandler.ashx?enc=6QkG1d%2fPPRiCAqhKb7yhsndLtGe5EHJJCjWfHgz50mg27fxyB5751ePvoMAVXcI3bgiigLA81ctfilF2D5aG3ln2smOIrgiu3naXe6aYQCgU%2b5PLCdZD%2f0Sg1Ey5QiUT

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

76. El Comité recomienda al Estado parte que adopte todas las medidas necesarias para lograr la plena aplicación de las recomendaciones que figuran en las presentes observaciones finales. El Comité recomienda también que los informes periódicos cuarto y quinto combinados, las respuestas escritas a la lista de cuestiones presentadas por el Estado parte y las presentes observaciones finales se difundan ampliamente en los idiomas del país.

 

Enlace / Descarga:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fMEX%2fCO%2f4-5&Lang=en

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

75. El Comité recomienda al Estado parte que coopere con la Organización de los Estados Americanos (OEA) en la aplicación de la Convención y otros instrumentos de derechos humanos, tanto en el Estado parte como en otros Estados miembros de la OEA.

 

Enlace / Descarga:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fMEX%2fCO%2f4-5&Lang=en

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

74. A fin de hacer efectivos en mayor medida los derechos de los niños, el Comité recomienda al Estado parte que ratifique el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y reconozca la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir y examinar comunicaciones individuales e interestatales de acuerdo con los artículos 31 y 32 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

 

Enlace / Descarga:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fMEX%2fCO%2f4-5&Lang=en

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo
Legislación
Recolección de datos

Actor afectado:

En conflictos armados
En servicio militar
Migrantes y/o refugiades

Recomendación:

72. a) Derogar el artículo 25 de la Ley del Servicio Militar, poner fin a la práctica del alistamiento precoz de niños de 16 y 17 años en el servicio militar y elevar la edad mínima para el reclutamiento voluntario a los 18 años, sin excepciones; b) Tipificar como delito expresamente el reclutamiento y la utilización de niños en hostilidades, especialmente por parte de grupos armados no estatales, e incluir una definición de participación directa en las hostilidades; c) Velar por que los niños en escuelas militares reciban una educación acorde con la Convención, supervisada por la Secretaría de Educación Pública, y no participen en la lucha contra el tráfico de drogas; d) Implantar un mecanismo de identificación de niños migrantes, refugiados y solicitantes de asilo que hayan podido ser reclutados o utilizados en hostilidades, en particular por parte de grupos armados no estatales, y adoptar las medidas necesarias para su protección, recuperación física y psicológica y reintegración social; e) Crear un sistema de reunión de datos desglosados sobre niños, incluidos los niños migrantes, refugiados y solicitantes de asilo, que puedan haber sido reclutados o utilizados en hostilidades en el territorio del Estado parte o en el extranjero, en particular los que hayan sido reclutados o utilizados por grupos armados no estatales.

 
 

Enlace / Descarga:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fMEX%2fCO%2f4-5&Lang=en

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
Legislación
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

70. a) Revise sus códigos penales federal y estatales y los ponga en consonancia con el artículo 3 del Protocolo Facultativo tipificando como delito la venta de niños y otros delitos previstos en el Protocolo Facultativo, tal y como recomendó anteriormente (véase CRC/C/OPSC/MEX/CO/1, párr. 30 a) a e)); b) Vele por que el estado de Tabasco revise su legislación en materia de gestación por sustitución e introduzca garantías a fin de impedir que se use para la venta de niños; c) Vele por la aplicación efectiva en el ámbito federal y estatal de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos y por el funcionamiento eficaz de la Comisión Intersecretarial competente en la materia, entre otras formas destinando los recursos necesarios; d) Identifique, investigue y enjuicie los delitos previstos en el Protocolo Facultativo respondiendo a las necesidades del niño y sancione debidamente a los responsables; e) Refuerce los programas de prevención, protección, recuperación, reintegración social e indemnización, destine los recursos necesarios y vele por que los programas dirigidos a los niños víctimas de la explotación sexual se ajusten a lo dispuesto en las conclusiones aprobadas en los Congresos Mundiales contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños; f) Siga estrechando la cooperación internacional para la prevención y el enjuiciamiento de los delitos previstos en el Protocolo Facultativo; g) Mejore la formación impartida a los grupos profesionales que se ocupan de los niños víctimas de los delitos previstos en el Protocolo Facultativo; h) Siga poniendo en marcha campañas de sensibilización del sector turístico y de la ciudadanía en general para prevenir la utilización de niños en el turismo sexual; i) Recopile datos desglosados sobre los delitos previstos en el Protocolo Facultativo y realice un estudio del alcance del fenómeno que también analice las causas subyacentes y los factores de riesgo, como la pobreza, los conflictos, la discriminación, la violencia incluida la violencia de género y la falta de cuidados de los padres.

 

Enlace / Descarga:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fMEX%2fCO%2f4-5&Lang=en

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Derecho a un nivel de vida adecuado
Legislación

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

68. A la luz de su observación general núm. 10 (2007) sobre los derechos del niño en la justicia de menores, el Comité insta al Estado parte a poner su sistema de justicia juvenil en plena consonancia con la Convención y otras normas pertinentes. En particular, el Comité insta al Estado parte a: a) Redoblar sus esfuerzos por armonizar la legislación en materia de justicia juvenil entre todos los estados reduciendo las penas, promoviendo medidas alternativas a la privación de libertad, como la desjudicialización, la libertad vigilada, la mediación, el asesoramiento o los servicios a la comunidad, siempre que sea posible, y velando por que la privación de libertad se utilice como medida de último recurso y tenga la duración más corta posible y por que se revise periódicamente con vistas a ponerle fin. b) Velar por que se preste asistencia jurídica cualificada e independiente a los niños en conflicto con la ley desde los primeros momentos y a lo largo de todo el proceso. Se deben prestar servicios de interpretación y de asistencia consular, de ser necesarios, a los niños indígenas y migrantes. c) En los casos en que la detención sea inevitable, velar por que las condiciones de detención se ajusten a las normas internacionales, entre otras cosas en lo que respecta al acceso a la educación y a los servicios de salud. d) Reforzar las medidas para prevenir la violencia contra los niños mientras permanecen detenidos, entre otros modos facilitando mecanismos de denuncia adaptados a los niños en los centros de internamiento de menores y supervisando periódicamente dichos centros.

 

Enlace / Descarga:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fMEX%2fCO%2f4-5&Lang=en

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - México 2015

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil
Recolección de datos
Respeto de las opiniones del niño

Actor afectado:

En contextos de pobreza
Víctimas de abuso

Recomendación:

66. a) Realice un estudio de ámbito federal y estatal sobre el alcance y las causas subyacentes del fenómeno de los niños de la calle, con datos desglosados, y actualice periódicamente la información. b) Elabore, con la participación plena de los niños y las organizaciones no gubernamentales pertinentes, una política integral y dotada de recursos suficientes en el ámbito federal, estatal y municipal que ayude a los niños de la calle y prevenga y elimine el fenómeno. La política debe ocuparse de las diferentes necesidades de los niños y las niñas. c) Intensifique sus esfuerzos por proteger a los niños de todas las formas de violencia, incluida la explotación sexual, y vele por que no sean considerados delincuentes.

 

Enlace / Descarga:

https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRC%2fC%2fMEX%2fCO%2f4-5&Lang=en
* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.