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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

588. Revisar las actuales políticas de seguridad ciudadana, y su implementación práctica, con el objetivo de asegurar que las mismas sean respetuosas de los derechos humanos y ajustadas a la legalidad. Promover el fortalecimiento de las funciones de prevención y de reducción de la violencia, junto con las tradicionales funciones de control y represión del delito.

 

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https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/PrisionPreventiva.pdf

Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Garantías judiciales y protección judicial

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

K. 15. La ejecución de la prisión preventiva debe ajustarse a los estándares mínimos para toda persona privada de su libertad y garantizar una protección especial respecto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Los Estados deben asegurar que las instalaciones de los centros de detención preventiva sean adecuadas para su alojamiento, y que cuenten con personal debidamente capacitado para el tratamiento especial que requieran. Asimismo, los niños, niñas y adolescentes deben ser ubicados en lugares que les permita mantener contacto con su familia y que aseguren la separación respecto de las personas adultas, y de aquéllas que hayan sido condenados; mientras se encuentren bajo custodia, deben recibir los cuidados y protección requeridos, de conformidad con su edad y otras condiciones individuales, y con el objetivo de rehabilitación y reintegración social que toda medida de privación de libertad debe tener en relación a las y los adolescentes.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Garantías judiciales y protección judicial

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

K. 13. En relación con los niños, niñas y adolescentes, la CIDH reitera que la regla de la excepcionalidad de la prisión preventiva debe aplicarse con mayor rigurosidad, y por ello, la norma prevaleciente consiste en la aplicación de medidas alternativas al régimen en referencia. La Comisión recomienda a los Estados que sus sistemas de justicia juvenil garanticen la vigencia del principio de excepcionalidad de la privación de libertad, mediante el establecimiento de límites tanto en la determinación de la prisión preventiva como en su duración; en este sentido, deben limitar su utilización durante el plazo más breve posible, cuando la prisión preventiva obedezca estrictamente a una finalidad procesal legítima y sea determinada con anticipación por la ley, así como respecto de aquellos casos a los que correspondería la aplicación de una sentencia privativa de la libertad. Cualquier decisión sobre la privación preventiva de la libertad de una persona menor de 18 años debe ser tomada por una autoridad judicial, y quedar sujeta a revisiones periódicas por parte de la misma, a fin de evitar que se alargue más allá de lo señalado por ley.

 

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Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Garantías judiciales y protección judicial

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

K. 9. Respecto de las personas pertenecientes a grupos en situación especial de riesgo, los Estados deben adoptar medidas especiales que contemplen un enfoque diferenciado respecto a personas afrodescendientes; indígenas; LGTBI; personas mayores; personas con discapacidad, y niños, niñas y adolescentes. Un enfoque diferenciado implica considerar las condiciones de vulnerabilidad particulares y los factores que pueden incrementar el riesgo a actos de violencia y discriminación en contextos de prisión preventiva, como la raza, etnia, edad, orientación sexual, identidad y expresión de género, y discapacidad. Asimismo, resulta importante tomar en cuenta la frecuente interseccionalidad de los factores mencionados, lo que puede acentuar la situación de riesgo de las personas en situación de prisión preventiva.

 

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Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Interés superior del niño

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

K. 5. En función del interés superior del niño, las autoridades judiciales deben aplicar con mayor rigurosidad los criterios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad al momento de considerar la aplicación de la prisión preventiva en el caso de personas que tengan la responsabilidad principal de niños, niñas y adolescentes a su cargo. Tomando en cuenta lo anterior, el encarcelamiento de las mujeres que son madres o están embarazadas, y de aquéllas que tienen bajo su cuidado a personas en situación especial de riesgo –tales como personas con discapacidad o personas mayores– debe ser considerado como una medida de último recurso, y deben priorizarse medidas no privativas de la libertad que les permitan hacerse cargo de las personas que dependan de ellas.

 

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Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Legislación

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

K.2. Incorporar una perspectiva de género en la creación, implementación y seguimiento de las reformas legislativas y políticas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva. Esta perspectiva debe tomar en consideración la discriminación histórica y los estereotipos de género que han afectado a las mujeres y adolescentes, y que han limitado de forma severa el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales en contextos de privación de su libertad. Asimismo, debe tomar en cuenta la situación especial de riesgo a la violencia en todas sus manifestaciones, incluyendo la física, psicológica, sexual, económica, obstétrica y espiritual, entre otras, así como el hecho de que la gran mayoría de estos incidentes terminan en la impunidad. Dicha perspectiva implica también considerar los riesgos específicos de personas que tienen orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas o no normativas, o cuyos cuerpos varían del estándar corporal femenino y masculino. De igual forma, los Estados deben incorporar una perspectiva interseccional e intercultural, que tome en consideración la posible agravación y frecuencia de violaciones a los derechos humanos en razón de factores como la raza, etnia, edad, o posición económica.

 

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Recomendaciones

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Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Garantías judiciales y protección judicial
Legislación

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

A.2. A fin de que los Estados recurran a la privación de la libertad únicamente cuando resulte indispensable para satisfacer una necesidad social apremiante y de forma proporcionada a la misma, la CIDH recomienda que las medidas a adoptar incluyan, entre otras: a) reformas legislativas, judiciales e institucionales necesarias para asegurar un uso más racional de la prisión preventiva, y que realmente se recurra a esta medida de forma excepcional; b) observancia de los plazos máximos establecidos legalmente para la permanencia de personas en detención preventiva, y c) la promoción del uso de otras medidas cautelares. En particular, la CIDH urge a los Estados a que la adopción de estas medidas, así como de aquellas acciones enfocadas en el seguimiento y monitoreo de su aplicación, consideren los estándares aplicables en materia de derechos humanos, e incluyan una perspectiva de género, raza, etnia, edad, orientación sexual, identidad y expresión de género, interculturalidad, interseccionalidad, discapacidad, así como de protección especial respecto de niños, niñas, y adolescentes.

 
 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe sobre pobreza y derechos humanos en las Américas

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

Afrodescendientes
En contextos de pobreza

Recomendación:

11. Personas afrodescendientes. Los Estados están llamados a adoptar medidas de acción afirmativa que prioricen la inclusión de la población afrodescendiente en el mercado de trabajo, en todas sus instancias, y en los espacios educativos, en todos sus niveles, en los ámbitos público y privado. Asimismo, la CIDH insta a los Estados a seguir un enfoque étnico-racial en las políticas sociales de combate a la pobreza de manera que atienda la situación particular de los afrodescendientes y, en particular, de las mujeres, niños, y niñas. Sin campañas sociales de ámbito nacional, en carácter permanente, por todos los medios de comunicación, combatiendo las distintas formas de racismo, los obstáculos para lograr la igualdad de derechos seguirán fuertes, manteniéndose los niveles mayores de pobreza en que viven los afrodescendientes en todo el hemisferio.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe sobre pobreza y derechos humanos en las Américas

Temas / Derecho afectados:

Educación, formación y orientación profesional
Interés superior del niño
Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

En contextos de pobreza

Recomendación:

9. Niños, niñas y adolescentes. En atención al interés superior de los niños, niñas y adolescentes, los Estados deben considerar de forma prioritaria los impactos que la pobreza tiene en los mismos. Se recomienda fortalecer las políticas sociales de protección a las familias y ampliar su cobertura, así como de los sistemas nacionales de protección de la niñez y sus servicios a nivel local. En particular, la CIDH destaca la importancia de fortalecer la incorporación de estrategias de lucha contra la pobreza en los sistemas educativos y de salud. De igual manera, los Estados deberán establecer políticas públicas dirigidas a prevenir la violencia sexual contra las niñas con un enfoque inter seccional, tomando en consideración que distintos factores se combinan para acentuar la situación de riesgo: sexo, edad, raza, etnia, orientación sexual, identidad de género, y frecuente situación de pobreza, entre otros. Las niñas y las adolescentes enfrentan un riesgo particular a la violencia sexual en la familia, las escuelas y en centros de salud, entre otros espacios. En atención a estas consideraciones, los Estados deben analizar y cambiar sus protocolos para atender de forma debida los casos de embarazo infantil, así previniendo toda forma de revictimización, violencia, o trato cruel, inhumano y degradante.

 

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https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/PobrezaDDHH2017.pdf

Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe sobre pobreza y derechos humanos en las Américas

Temas / Derecho afectados:

No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

En contextos de pobreza
Niñas

Recomendación:

8. Mujeres. Los programas y políticas de erradicación de la pobreza deben incorporar una perspectiva de género y abordar el carácter estructural y las diferentes dimensiones de la pobreza que afrontan las mujeres, en particular las indígenas, afro-descendientes, adolescentes embarazadas, migrantes, defensoras de los derechos humanos y las que viven en zonas rurales. Las mujeres deben contar, en igualdad de condiciones, con oportunidades para acceder a un ingreso que mejore su condición económica. Cabe establecer programas de educación y sensibilización sobre corresponsabilidad en la crianza y cuidados del hogar, sin menoscabo de su autonomía en los ingresos Así como adoptar medidas específicas para el reconocimiento de la contribución económica y social de las mujeres que llevan a cabo actividades no remuneradas en el ámbito doméstico, al interior de la familia o a nivel de la comunidad. Asegurar acceso pleno a servicios de salud materna adecuados, incluyendo programas de educación integral sobre sexualidad en todos los niveles de la educación y en centros de salud que permitan la prevención y cuidados de la integridad, así como políticas para prevenir toda forma de violencia contra las mujeres.

 

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https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/PobrezaDDHH2017.pdf
* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.