Nombre del documento:
Observaciones Finales Informe País - Argentina 2010
Recomendación:
22. El Comité recomienda al Estado parte que, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 3 y 4 de la Convención, adopte todas las medidas apropiadas, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para garantizar que se asignen recursos presupuestarios suficientes a los servicios destinados a los niños y que se preste especial atención a la protección de los derechos de los niños de los grupos y provincias desfavorecidos, especialmente los niños indígenas y los niños que viven en la pobreza. En particular, y conforme a las recomendaciones del Comité resultantes de su día de debate general sobre "Recursos para los derechos del niño – Responsabilidad de los Estados", el Comité alienta al Estado parte a:
a) Seguir aumentando el nivel de la inversión social manteniendo a la vez su sostenibilidad;
b) Proteger el presupuesto para la infancia y el presupuesto social contra cualquier perturbación externa o interna, como las situaciones de crisis económica, los desastres naturales u otras situaciones de emergencia, a fin de mantener la sostenibilidad de las inversiones;
c) Garantizar el aumento y la equidad de las asignaciones destinadas a los grupos y provincias desfavorecidos, a fin de eliminar las disparidades y, en particular, considerar a los niños migrantes y a los sometidos a cuidados alternativos (hogares de guarda u otros tipos de tutela) como beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo;
d) Establecer partidas presupuestarias estratégicas para las situaciones que puedan exigir medidas sociales afirmativas (inscripción de nacimientos, malnutrición crónica, violencia contra los niños, niños privados del cuidado de los padres, niños
indígenas y niños migrantes, etc.);
e) Asegurarse de que las autoridades locales rindan cuentas debidamente, de forma abierta y transparente, para permitir la participación de las comunidades y los niños, así como la asignación armoniosa y el control de los recursos;
f) Seguir solicitando la asistencia técnica del UNICEF y otras organizaciones internacionales, según proceda.