Nombre del documento:
Observaciones Finales Informe País – Chile 2007
Temas / Derecho afectados:
Legislación
Actor afectado:
Migrantes y/o refugiades
Recomendación:
64. El Comité recomienda al Estado Parte que: a) Ratifique la Convención de 1954 sobre el Estatuto de los Apátridas y la Convención de 1961 para reducir los casos de apatridia; b) Vele por la pronta promulgación y aplicación de una legislación adecuada conforme con las obligaciones internacionales de protección de los refugiados; c) Vele por que se garantice a los niños refugiados, solicitantes de asilo y migrantes la tramitación expedita de sus documentos de registro e identidad y por que durante ese período no se vean privados de acceso a los servicios de salud y educación; d) Adopte todas las medidas necesarias para garantizar la protección de los niños refugiados de conformidad con la normativa internacional de los derechos humanos y el derecho de los refugiados, teniendo presente la Observación general Nº 6 (2005) del Comité sobre el trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen; e) Presente información suficiente sobre la situación de los niños refugiados, solicitantes de asilo y migrantes en su próximo informe periódico relativo a la Convención; f) Solicite los servicios de asesoramiento de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).