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Resultados: 4250 / Página 207 de 425

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Derecho a un nivel de vida adecuado

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

65. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Continúe llevando a cabo programas de prestaciones sociales y económicas específicas y universales para los niños y sus familias, en particular en relación con los servicios a los que no tienen acceso a causa de la pobreza, la vulnerabilidad y la exclusión social, como el programa "Avancemos" y la "Red de Cuido y Desarrollo Infantil"; b) Garantice que las prestaciones de los servicios sociales sean equitativas y, en consecuencia, contemplen políticas diferenciadas territorialmente y promuevan el empleo teniendo en cuenta la perspectiva de género y las necesidades de los niños y el apoyo a los padres que trabajan; y c) Acelere sus esfuerzos para elaborar un registro único de las prestaciones de seguridad social concedidas a las personas, incluidos los niños y/o sus padres, y reúna información desglosada sobre la inversión social destinada a la infancia y la adolescencia, así como sobre la financiación y la eficiencia de los organismos de ejecución, y la eficacia e idoneidad de las inversiones realizadas.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Adolescentes
Niñas

Recomendación:

63. Remitiéndose a su Observación general Nº 4 (2003) relativa a la salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Comité recomienda al Estado parte que: a) Fortalezca las estrategias para la prevención de los embarazos precoces, así como el apoyo prestado a las madres niñas y adolescentes; b) Elabore y ponga en práctica una política pública intersectorial relativa a la salud y los derechos sexuales y reproductivos que esté dirigida a los adolescentes dentro y fuera del sistema educativo y tenga en cuenta los derechos sexuales y reproductivos, la sexualidad sana, la prevención de los embarazos no deseados, las enfermedades de transmisión sexual, el VIH/SIDA y la accesibilidad y el uso del preservativo y otros medios anticonceptivos; c) Adopte directrices en que se informe a los médicos cuándo pueden practicar legalmente un aborto en caso de riesgo para la vida y la salud de la madre y se les aclare que la excepción al artículo 121 del Código Penal relativa a la salud se aplica, entre otras cosas, a los embarazos resultantes de la violencia sexual y a los embarazos en que el feto tenga malformaciones graves, y garantice el derecho de las mujeres y adolescentes embarazadas a recurrir las decisiones de los médicos;d) Amplíe el aborto legal a los casos de violación y violencia sexual intrafamiliar y mejore en los hospitales públicos la disponibilidad y la calidad de la atención posterior al aborto; e) Garantice que las niñas y adolescentes tengan acceso libre y oportuno a los anticonceptivos de urgencia y cree mayor conciencia entre las mujeres y las niñas sobre su derecho a estos anticonceptivos, particularmente en los casos de violación; f) Incluya en los planes de estudio ordinarios cursos de salud sexual y reproductiva que, de manera sistemática, amplia y científica traten, entre otras cosas, el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, así como la anticoncepción, y vele por que se asignen recursos suficientes para tal fin; y g) Vele por que el Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia amplíe sus planes para incluir en todos sus centros, además del recién creado centro especializado para niños consumidores de estupefacientes, la atención de los niños víctimas del abuso de drogas y otras sustancias y el uso de instrumentos de diagnóstico y servicios de rehabilitación apropiados.

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Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Recolección de datos
Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

61. El Comité insta al Estado parte a que realice un estudio minucioso sobre la salud mental de los niños, los adolescentes y sus familias, y a que utilice los resultados del estudio como base para la elaboración de una política y un programa nacionales de salud mental de los niños y adolescentes.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Lactancia materna

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

59. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Fortalezca la promoción de la lactancia materna exclusiva hasta la edad de 6 meses, considere la posibilidad de ampliar en consecuencia la licencia por maternidad, al tiempo que garantiza los derechos de las madres trabajadoras a la seguridad social y a un empleo y un salarios seguros, e imponga sanciones adecuadas a las empresas que infrinjan el Código Internacional de Comercialización de los Sucedáneos de la Leche Materna y vigile el cumplimiento del Código; b) Capacite a los profesionales de la salud sobre la importancia de iniciar la lactancia materna dentro de la primera hora después del parto y de evitar, en la medida de lo posible, la alimentación con biberón o con sucedáneos de la leche materna; y c) Inicie un proceso de certificación y recertificación de todos los hospitales y clínicas como "amigos del niño".

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Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Indígenas
Migrantes y/o refugiades

Recomendación:

57. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Revise su sistema centralizado de atención de la salud y garantice a todos los niños, en particular los niños indígenas y migrantes, incluidos los que carecen de documentos de identidad personal, el acceso asequible a los servicios básicos de salud, dando prioridad a las regiones y las comunidades con menor cobertura, a fin de corregir las grandes desigualdades existentes; b) Asigne recursos técnicos y financieros suficientes a la Red de Cuido y Desarrollo Infantil a fin de lograr la cobertura universal de los servicios de salud, según lo previsto; y c) Armonice con las normas internacionales la metodología para el cálculo de la tasa de mortalidad infantil.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad
Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Con alguna discapacidad
Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

55. A la luz del artículo 23 de la Convención y de su Observación general Nº 9 (2006), relativa a los derechos de los niños con discapacidad, el Comité recomienda al Estado parte que: a) Adopte una política integral para la incorporación y participación de los niños con discapacidad en la vida pública, social y comunitaria que incluya el suministro de una educación integradora; b) Mejore la cobertura y la respuesta de la red de apoyo público a los niños y adolescentes con discapacidad para que, incluso en las zonas rurales, tengan un acceso adecuado a material especializado, subsidios, atención médica, transporte,servicios sociales y espacios para la rehabilitación como parte del Sistema Nacional de Salud; c) Desarrolle progresivamente los servicios de diagnóstico para la prevención y la detección temprana de la discapacidad; y d) Vele por que todos los servicios de salud proporcionados a los niños y adolescentes con discapacidad, incluidos los servicios de salud mental y, en particular, la administración de sustancias psicotrópicas, se basen en el consentimiento libre y fundamentado de los niños afectados, de acuerdo a su desarrollo evolutivo.

 

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Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Legislación
Malos tratos y descuidos

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

53. El Comité, señalando a la atención del Estado parte su Observación general Nº 13 (2011) relativa al derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia, así como las recomendaciones formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en 2007 y el Comité contra la Tortura en 2008, recomienda al Estado parte que: a) Revise y modifique la legislación vigente en consonancia con el artículo 19 y con su aplicación en el marco integral de la Convención, a fin de garantizar la prohibición absoluta de todas las formas de violencia contra los niños en todos los contextos, y establezca para sus autores sanciones apropiadas descartando la posibilidad de recurrir a la mediación; b) Considere la posibilidad de modificar la Ley de violencia doméstica (1996) con el fin de tipificar como delito la violencia doméstica y establecer las sanciones penales correspondientes; c) Asigne los fondos necesarios para la aplicación de medidas legislativas y de otra índole destinadas a poner fin a los malos tratos, el descuido y la violencia contra los niños y las mujeres; d) Adopte un sistema de reunión de datos que permita recopilar información desglosada sobre los casos de malos tratos y descuido de niños y hacerles un seguimiento; e) Promueva programas de prevención de los malos tratos y el descuido, prestando especial atención a la violencia doméstica contra las niñas y adolescentes; f) Fortalezca los programas de concienciación de la población sobre la violencia doméstica contra los niños, incluida la violencia sexual, y proporcione información, orientación y asesoramiento a los padres para prevenirla, y aliente a los niños y las mujeres víctimas de la violencia, así como a los maestros, médicos, trabajadores sociales y otros cuidadores, a que denuncien a la policía los casos de este tipo de violencia; g) Proporcione formación sistemática a los jueces, fiscales, policías y otros agentes del orden sobre la forma de prevenir y vigilar la violencia doméstica y de recibir, investigar y enjuiciar las denuncias sobre este tipo de violencia atendiendo las necesidades especiales del niño y la mujer; y h) Vele por que, durante los procesos por violencia doméstica iniciados contra los padres, los niños estén representados por un tutor designado oficialmente.

 

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Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar
Legislación

Actor afectado:

Sin cuidados parentales

Recomendación:

51. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Promulgue y aplique efectivamente una legislación que prohíba las adopciones directas por acuerdo entre los padres biológicos y los padres adoptivos sin la intervención del PANI, incluya al PANI en todos los procedimientos de adopción y armonice la legislación nacional con las normas jurídicas internacionales en materia de adopción, en particular las del Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional (1993); b) Prohíba efectivamente las adopciones directas y, para reducir al mínimo los incentivos para dichas adopciones, revise los procedimientos administrativos de adopción establecidos por el PANI; c) Mejore la coordinación entre los órganos judiciales y administrativos con el fin de garantizar la armonización de los procedimientos de adopción, regule los servicios privados de adopción y controle y restrinja las adopciones internacionales, de conformidad con el artículo 21 b) de la Convención; y d) Investigue todos los casos de irregularidades en los procedimientos de adopción, enjuicie y sancione adecuadamente a los autores de adopciones ilegales y trata de niños, y establezca mecanismos de control adecuados para prevenir las infracciones de las leyes y los reglamentos pertinentes en materia de adopción.

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Nombre del documento:

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Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar
Recolección de datos

Actor afectado:

Sin cuidados parentales

Recomendación:

49. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Intensifique sus esfuerzos para que más niños vivan en un entorno familiar permanente, revisando periódicamente la situación de los niños internados en instituciones, reduciendo la duración del acogimiento provisional de los niños y adoptando las decisiones sobre el acogimiento de los niños en un tiempo razonable y atendiendo al interés superior del niño; b) Considere el internamiento de niños en instituciones como medida de último recurso que debe durar el menor tiempo posible, y adopte todas las medidas necesarias para que los niños colocados en entornos de cuidado alternativo puedan regresar a sus familias, siempre que sea posible; c) En relación con los niños que no pueden vivir con sus familias, dé preferencia a los centros de acogimiento familiar y no a las instituciones; y d) Lleve a cabo un estudio para evaluar la situación de los niños internados en instituciones, en particular sus condiciones de vida y los servicios que reciben, establezca normas claras para las instituciones existentes y ponga en práctica un mecanismo general para examinar periódicamente los casos de niños internados en instituciones, de conformidad con el artículo 25 de la Convención, teniendo en cuenta las Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños.

 

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Observaciones Finales Informe País - Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar
Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

47. El Comité recomienda al Estado parte que ratifique el Convenio referente al reconocimiento y a la ejecución de las resoluciones relativas a las obligaciones alimenticias (1973), el Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones alimentarias (1973) y el Convenio relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños (1996).

 

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.