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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Garantías judiciales y protección judicial
Protección de los testigos y las víctimas de delito

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

84. El Comité recomienda al Estado parte que garantice la protección de los niños víctimas y testigos de delitos, así como su acceso efectivo al resarcimiento y la reparación, que en los procedimientos legales y judiciales se tengan en cuenta las necesidades del niño, por ejemplo proporcionando recursos a los niños cuando sus derechos sean violados, y que las leyes y prácticas correspondientes tengan plenamente en cuenta las Directrices sobre la justicia en asuntos concernientes a los niños víctimas y testigos de delitos.

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Recomendaciones

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Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

83. Teniendo en cuenta su Observación general Nº 10 (2007), relativa a la administracion de la justicia de menores, así como las normas de justicia juvenil, en particular el apartado b) del artículo 37 y los artículos 39 y 40 de la Convención, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (Reglas de Beijing), las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia de menores (Directrices de Riad) y las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad (Reglas de La Habana), el Comité recomienda al Estado parte que: a) Capacite a los jueces del sistema de administración de la justicia juvenil, entre otras cosas, en la aplicación de medidas no privativas de libertad, de conformidad con la Ley Nº 8649, relativa a la ejecución de las sanciones penales juveniles; b) Mejore las condiciones de detención de las personas menores de 18 años, sobre todo en los centros de detención policial, con arreglo a las normas internacionales; y c) Vele por que los medios de comunicación públicos y privados se abstengan de publicar cualquier información, por ejemplo, imágenes, nombres y referencias a sus lugares de residencia, sobre la identidad de los niños que enfrentan cargos penales.

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Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Coordinación
Legislación

Actor afectado:

Migrantes y/o refugiades

Recomendación:

81. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Apruebe y aplique rápidamente la reglamentación relativa a la determinación de la condición de refugiado; b) Garantice que el género como motivo de persecución se tenga en cuenta en la determinación de la condición de refugiado; c) Vele por que su Comisión de Visas Restringidas y de Refugio reciba formación del ACNUR y utilice debidamente las Directrices de Protección Internacional del ACNUR: solicitudes de asilo de niños bajo los artículos 1 A) 2 y 1 F) de la Convención de 1951 y/o del Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados; y d) Considere la posibilidad de eximir a los refugiados de las tasas de expedición de documentos de identidad o de reducir dichas tasas, y proporcione documentos de identidad a los niños no acompañados.

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Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

79. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Adopte las medidas necesarias, por ejemplo la aprobación del proyecto de ley Nº 14568, para que la posesión de pornografía infantil quede íntegramente comprendida en el Código Penal, de conformidad con el artículo 3, párrafo 1 c), del Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Este delito debería incluir la posesión de pornografía infantil en un sistema informático o un medio de almacenaje de datos; y b) Adopte las medidas legislativas necesarias para permitir el enjuiciamiento de los delitos relacionados con el turismo sexual, por ejemplo la aprobación del proyecto de ley Nº 14204, para que, entre otras cosas, los tribunales del Estado parte tengan jurisdicción en los casos en que nacionales del Estado parte cometan fuera de su territorio delitos previstos en el Protocolo facultativo.

 

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Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
Protección de los testigos y las víctimas de delito
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

77. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Tipifique como delito todas las formas de trata de niños, incluidos los casos que no impliquen desplazamiento, de conformidad con el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; b) Garantice que se investiguen y enjuicien efectivamente los casos de trata de niños, incluida la trata dentro del país, y que se impongan a los autores penas proporcionales a la gravedad de los actos; c) Intensifique los esfuerzos para capacitar a los agentes del orden en la detección de los casos de trata y en la aplicación estricta de las disposiciones pertinentes de la legislación penal; d) Facilite a los niños víctimas de la trata el acceso a la justicia, les proporcione indemnización y vele por que sean remitidos a los encargados del procedimiento de asilo; e) Mejore la protección y la asistencia a las víctimas, estableciendo centros de acogida destinados específicamente a las víctimas de la trata, incluidos los niños, y proporcionando recursos financieros a las ONG que prestan atención especializada a los niños víctimas de la trata, y asistencia para la reintegración de las víctimas en sus comunidades; f) Cree mayor conciencia en la población sobre las causas y consecuencias y el carácter ilícito de la trata de niños y las actividades sexuales con niños, incluso por Internet, y la necesidad de denunciarlos; y g) Establezca un sistema nacional de reunión de datos detallados y fiables para garantizar un seguimiento y una evaluación sistemáticos de los sistemas, servicios, programas y resultados, sobre la base de indicadores alineados con las normas universales y ajustados y orientados en consonancia con objetivos establecidos a nivel local, y mantenga un registro sobre los casos de trata de niños.

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Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Protección de los testigos y las víctimas de delito
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

75. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Garantice una coordinación interinstitucional eficaz de la prevención de la explotación sexual de niños, incluso a nivel local, y asigne a ello recursos suficientes, organizando adecuadamente los diferentes sectores que conforman el Sistema Nacional de Protección de la Niñez; b) Revise y lleve a cabo efectivamente programas de apoyo, rehabilitación y reintegración de los niños víctimas de la explotación sexual; c) Garantice que los programas y políticas de prevención, recuperación y reintegración de los niños víctimas se ajusten a los documentos finales aprobados en 1996 y 2001 en los Congresos Mundiales contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños celebrados en Estocolmo y Yokohama, respectivamente, y en el Tercer Congreso Mundial contra la explotación sexual de niños y adolescentes, celebrado en Río de Janeiro en 2008; y d) Mejore la reunión y el desglose de los datos relativos al número de niños víctimas de explotación y abusos sexuales, el número de autores condenados y el tipo de asistencia proporcionada a las víctimas.

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Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Explotación económica, con inclusión del trabajo infantil

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes
Víctimas de abuso

Recomendación:

73. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Adopte una estrategia coordinada y un presupuesto específico para combatir las peores formas de trabajo infantil, especialmente en la economía sumergida; b) Aumente los recursos humanos, técnicos y financieros del Ministerio de Trabajo, en particular la Inspección del Trabajo, para llevar a cabo labores de inspección, vigilancia, mediación y conciliación; c) Reúna datos estadísticos actualizados y mejore los registros relacionados con el trabajo infantil; y d) Solicite, a este respecto, asistencia técnica del Programa Internacional de la OIT para la Erradicación del Trabajo Infantil (OIT-IPEC).

 

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Temas / Derecho afectados:

Educación, formación y orientación profesional

Actor afectado:

Con alguna discapacidad

Recomendación:

71. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Garantice que las escuelas y las aulas sean físicamente accesibles y los locales adaptados a los niños con discapacidad; b) Dé prioridad a la aplicación progresiva de la educación integradora de los niños con discapacidad, en lugar de su educación en instituciones especializadas, entre otras cosas proporcionando a los maestros capacitación y apoyo especial en el aula; c) Elabore planes de enseñanza individuales para todos los estudiantes con discapacidad y garantice que en las aulas se disponga de apoyo y dispositivos de asistencia; y d) Vele por que la educación impartida a los alumnos con discapacidad sobre salud sexual y reproductiva y derechos conexos se presente en formatos accesibles y apropiados para su edad y de manera respetuosa de su dignidad.

 

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Temas / Derecho afectados:

Educación, formación y orientación profesional

Actor afectado:

Indígenas

Recomendación:

69. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Refuerce los modelos de educación bilingüe e intercultural para los niños indígenas, entre otras cosas aumentando el número de maestros en los territorios indígenas; b) Amplíe la cobertura y el número de clases sobre el idioma y la cultura indígenas, en particular en los niveles preescolar y secundario; c) Elabore programas específicos de capacitación y mejore las condiciones de los maestros que los enseñan dentro y fuera de los subsistemas de educación indígena, en colaboración con las universidades públicas y con arreglo a las necesidades culturales específicas de los niños indígenas; d) Ponga a disposición en lenguas indígenas libros de texto y materiales educativos adaptados a las necesidades de los niños; y e) Incluya la educación sobre las culturas indígenas en el plan de estudios nacional, a fin de promover el respeto por la diversidad y eliminar los prejuicios contra los niños indígenas.

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Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País – Costa Rica 2011

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Educación, formación y orientación profesional

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

67. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Realice estudios y elabore programas eficaces para mejorar la calidad de la educación y reducir la deserción escolar, especialmente en el nivel secundario, y dé seguimiento al impacto de dichos programas; b) Aplique las directrices relativas a la adaptación de los planes de estudio en los niveles primario y secundario para evitar que los estudiantes abandonen la escuela o queden retrasados; c) Considere la posibilidad de aumentar la inversión en la formación docente y en el mantenimiento y la renovación de la infraestructura escolar, en particular en las zonas rurales y costeras, para garantizar la disponibilidad de instalaciones adecuadas para impartir una educación de calidad; d) Promueva programas educativos más eficaces para hacer frente a la baja asistencia escolar de los niños indígenas y migrantes; y e) Tenga en cuenta la Observación general Nº 1 (2001), sobre los propósitos de la educación.

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.