Nombre del documento:
Observaciones Finales Informe País - El Salvador 2010
Temas / Derecho afectados:
Asignación de recursos
Niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad
Actor afectado:
Con alguna discapacidad
Recomendación:
57. El Comité recomienda al Estado parte que continúe tomando medidas para proteger y promover los derechos de los niños con discapacidad, teniendo en cuenta la Observación general Nº 9 (2006) del Comité, sobre los derechos de los niños con discapacidad, el artículo 23 de la Convención, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, y que: a) Siga adoptando medidas para proteger y promover los derechos de los niños con discapacidad; b) Tome nuevas medidas para reunir datos y para disponer de información y de datos estadísticos actualizados y desglosados sobre los niños con discapacidad; c) Establezca mecanismos concretos para mejorar la igualdad de acceso de los niños con discapacidad a los servicios de educación y de salud; a este respecto, se debe alentar en todo lo posible la educación integradora, y en la educación que se ofrezca a los niños con discapacidad se debe prestar atención prioritaria a las necesidades especiales de cada niño; d) Redoble sus esfuerzos para proporcionar los recursos profesionales (es decir, especialistas en discapacidad) y financieros necesarios, especialmente en el plano local, y para promover y expandir los programas de rehabilitación basados en la comunidad, incluyendo los grupos de apoyo a los padres, a fin de que se atienda a todos los niños con necesidades especiales, colaborando al mismo tiempo con el sector privado; e) Establezca sistemas de pronta identificación y de pronta intervención como parte de sus servicios de salud, y f) Ponga en práctica las disposiciones de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y de su Protocolo Facultativo.