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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Explotación económica, con inclusión del trabajo infantil

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

73. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Preste el necesario apoyo financiero y técnico a fin de aplicar su nuevo Plan Estratégico para la erradicación del trabajo infantil 2007-2012, entre otros medios, sensibilizando a la población en general, los empleadores y los padres sobre los efectos perjudiciales del trabajo infantil y haciendo frente a los motivos que subyacen a esta práctica, como la pobreza; b) Aplique las nuevas normativas del Código del Trabajo relativas al trabajo doméstico e intensifique la inspección al respecto; y c) Asigne recursos al Ministerio de Trabajo para supervisar y hacer cumplir las leyes y los reglamentos laborales, especialmente en el sector no estructurado de la economía

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Educación, formación y orientación profesional

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

71.  Comité recomienda al Estado parte que: a) Aumente las asignaciones presupuestarias para rehabilitar y ampliar el sistema educativo a todos los niveles, a fin de asegurar que todos los niños tengan acceso a escuelas bien equipadas, y que se capacite y remunere suficientemente al personal docente; b) Adopte medidas para reducir y eliminar la tasa de abandono escolar y aliente a un mayor número de niños a permanecer en el sistema educativo una vez finalizada la escolarización obligatoria; c) Aplique la política de educación bilingüe intercultural; d) Prosiga e intensifique la revisión de los programas escolares, mejore la capacitación de los docentes, introduzca formas de aprendizaje interactivas y ofrezca en las escuelas un entorno adaptado a los niños; e) Amplíe los programas y los centros de desarrollo de la primera infancia y, en particular, asegure que los niños pobres y desfavorecidos que necesitan incentivos en el ámbito del desarrollo y la educación tengan acceso a ellos; f) Elimine el vacío existente entre el final de la escolarización obligatoria y la edad mínima para el empleo, ampliando la educación obligatoria e instaurando capacitación profesional destinada a preparar a los adolescentes para desempeñar un trabajo cualificado; g) Amplíe la educación sobre los derechos humanos y los derechos del niño a todos los niveles del sistema educativo; y h) Tenga en cuenta la Observación general Nº 1 (2001) del Comité sobre los propósitos de la educación.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Derecho a un nivel de vida adecuado

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

69. El Comité recomienda al Estado parte que haga todo lo necesario para aumentar el nivel de vida mejorando, entre otras cosas, el acceso al empleo, la vivienda, los alimentos, el agua potable, los servicios de saneamiento y la electricidad, en especial de los hogares extremadamente pobres, los encabezados por mujeres y otros grupos de población en situación de riesgo y con niños. Reitera además la recomendación formulada por el Relator Especial sobre el derecho a la alimentación (A/HRC/13/33/Add.5, párr. 83 f)) de que el Estado parte integre los principios de derechos humanos relativos a la no discriminación, la transparencia, la participación y la rendición de cuentas en la aplicación del programa Hambre Cero y sugiere que esos criterios se apliquen con carácter universal a todos los programas dirigidos a mujeres y niños.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Adolescentes

Recomendación:

67. Si bien reconoce la labor que se está haciendo para hacer frente a la propagación del VIH/SIDA, en especial en lo que respecta al tratamiento y la atención, el Comité recomienda al Estado parte que adopte todas las medidas necesarias para: a) Garantizar que los niños, los adolescentes y las mujeres embarazadas tengan acceso universal a los servicios de prevención, tratamiento, atención y apoyo relacionados con el VIH a fin de que se haya alcanzado en 2015 el objetivo de eliminar la transmisión vertical y la sífilis congénita, haciendo hincapié en la prevención entre los adolescentes; b) Hacer todo lo posible para llegar a los niños y adolescentes en situación de riesgo y a los huérfanos a causa del VIH/SIDA; y c) Aumentar las actividades de información y educación de la población en general para evitar la estigmatización y la discriminación.

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Observaciones Finales Informe País - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Adolescentes

Recomendación:

71. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Garantice que los adolescentes tengan acceso a servicios de salud sexual y reproductiva seguros, legales y confidenciales, que incluyan información, asesoramiento y servicio de interrupción del embarazo, y ofrezca acceso generalizado a los medios anticonceptivos; b) Refuerce los servicios de salud y comunitarios adaptados a los adolescentes con miras a prevenir los embarazos y el uso indebido de sustancias psicotrópicas entre esa población mediante campañas de información y educación en las escuelas y los medios de comunicación; y c) Dé una gran prioridad al desarrollo de una estrategia para promover hábitos de vida sanos entre los adolescentes, como actividades de esparcimiento y deportivas, y reactive el Consejo Nacional de Lucha contra las Drogas para que preste apoyo interinstitucional e intersectorial a las estrategias de prevención y atención.

 

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Observaciones Finales Informe País - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

63. El Comité recomienda al Estado parte que redoble sus esfuerzos para mantener y aumentar los avances en la lucha contra la mortalidad materna, infantil y de lactantes garantizando a todos los niños y mujeres, en particular durante los períodos prenatal y neonatal, el acceso a servicios de atención de la salud de gran calidad y respetuosos de las particularidades culturales, incluso en las zonas rurales e indígenas. Asimismo, le recomienda que: a) Promueva la lactancia materna exclusiva y la aplicación del Código de comercialización de los sucedáneos de la leche materna, y elabore una estrategia de alimentación para los niños de corta edad; b) Aplique los programas de Atención integrada a las enfermedades prevalentes de la infancia (AIEPI) y la maternidad (AIEPM), así como la Iniciativa de Unidades de Salud Amigas de la Niñez y la Madre (IUAMN); c) Refuerce el Modelo de Salud Familiar y Comunitario y ayude a los proveedores de servicios públicos y privados a poner en práctica la Red de Casas Maternas; y d) Mantenga y aumente las asignaciones presupuestarias para la atención primaria de la salud y facilite un incremento apropiado de la cooperación internacional.

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Observaciones Finales Informe País - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad
No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

Con alguna discapacidad

Recomendación:

61. A la luz del artículo 23 de la Convención, de la Observación general Nº 9 del Comité (2006) sobre los derechos de los niños con discapacidad (CRC/C/GC/9) y de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, el Comité recomienda al Estado parte que: a) Establezca mecanismos de apoyo a la familia y organice actividades de sensibilización dirigidas a las familias y comunidades para que puedan ayudar a los niños con discapacidad a ejercer sus derechos; b) Garantice que el sistema de enseñanza disponga de todos los medios para aplicar la política de educación integradora, dotándolo de los recursos financieros y técnicos adecuados, y vele por que todos los niños con discapacidad tengan acceso a la educación; y c) Fomente la capacidad de los servicios sociales y de salud para que puedan prevenir y detectar las dificultades a que se enfrentan los niños con discapacidad y ofrecerles cuidados para ayudar así a las familias y comunidades.

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Temas / Derecho afectados:

Malos tratos y descuidos

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

59. El Comité recomienda encarecidamente al Estado parte que tome medidas para evitar la violencia doméstica y de género y el maltrato de niños, y capacite en mayor medida a los profesionales y el personal que trabajan en los servicios sociales y de salud, las escuelas y la judicatura para garantizar la detección temprana, la protección de las víctimas y el debido enjuiciamiento de los culpables, y en particular: a) Continúe e intensifique los programas y campañas de sensibilización pública y proporcione información, orientación a los padres y asesoramiento con miras a prevenir el maltrato de niños, en especial los abusos sexuales; b) Derogue los artículos del Código Penal que penalizan el aborto y garantice que las niñas no estén sujetas sanciones penales por tratar de abortar o abortar en ninguna circunstancia; c) Organice un programa a nivel nacional para educar y sensibilizar a los niños sobre sus derechos y sobre lo que deben hacer si sufren maltrato, en particular abusos sexuales; d) Ofrezca a los niños víctimas protección frente a las amenazas de nuevos malos tratos, en particular poniendo a su disposición refugios, y vele por que todos los niños del territorio puedan acceder a la línea telefónica de ayuda existente para cualquier denuncia; e) Garantice que los niños víctimas tengan acceso a la justicia, en particular ayudándolos a sufragar las costas procesales y a obtener una indemnización, así como a un recurso efectivo, y que el sistema de justicia penal no los vuelva a victimizar; f) Enjuicie y castigue debidamente a los culpables en función de la gravedad del delito sin recurrir a la mediación; g) Imparta formación a maestros, agentes del orden, trabajadores sociales, fiscales y otros profesionales interesados sobre la forma de recibir, investigar y dar curso judicial a las denuncias de malos tratos, incluidos los abusos sexuales, teniendo en cuenta los intereses del niño; y h) Estudie la formulación de un plan nacional de prevención, atención y reparación de la violencia contra los niños (incluidos los castigos corporales y los abusos sexuales) y el nombramiento de un coordinador con atribuciones generales de dirección y coordinación.

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Observaciones Finales Informe País - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar

Actor afectado:

Sin cuidados parentales

Recomendación:

57. El Comité recomienda al Estado parte que establezca normas, plazos y mecanismos de vigilancia y asigne recursos para simplificar los procedimientos de adopción en aras del interés superior del niño. También recomienda que el período de transición sea lo más corto posible y que durante el mismo los niños estén preferiblemente en hogares de guarda bien preparados y no en instituciones ni con sus futuros padres adoptivos. El Comité recomienda asimismo que el Estado parte ratifique el Convenio de La Haya Nº 33, de 29 de mayo de 1993, relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional.

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Observaciones Finales Informe País - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Otros tipos de tutela

Actor afectado:

Sin cuidados parentales

Recomendación:

55. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Mantenga su política destinada a evitar el internamiento de niños en instituciones, planifique y supervise la reducción del número de niños internados en instituciones y prepare a los niños para salir de ellas; b) Siga dando preferencia a los entornos de acogida de tipo familiar, incluidos los hogares de guarda, sobre el internamiento en instituciones mediante, entre otras cosas, la sensibilización pública sobre las repercusiones negativas de dicho internamiento en el desarrollo del niño; c) Proporcione al MIFAN los recursos necesarios para que pueda ejercer debidamente sus funciones; d) Establezca un mecanismo integral de examen periódico de los niños confiados a cuidado alternativo de conformidad con el artículo 25 de la Convención y con las Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños aprobadas por la Asamblea General (A/RES/64/142); y e) Amplíe y refuerce los mecanismos previstos para que los niños presenten quejas por malos tratos en instituciones y persiga esos delitos.

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.