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Resultados: 4250 / Página 163 de 425

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar
Legislación

Actor afectado:

Sin cuidados parentales

Recomendación:

43. El Comité recomienda al Estado Parte que apruebe una legislación que suprima la práctica de la "adopción simple" y adopte todas las medidas legislativas y administrativas necesarias para que las adopciones nacionales e internacionales se ajusten al artículo 21 de la Convención, al artículo 3 del Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y a lo que dispone el Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, de 1993.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Garantías judiciales y protección judicial
Otros tipos de tutela

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

41. El Comité recomienda al Estado Parte que regule el sistema de cuidados alternativos, facilite la salida de los niños internados en instituciones y siga promoviendo el sistema de familias de acogida como forma de cuidado alternativo, y propone que la internación en instituciones se utilice únicamente como último recurso, teniendo en cuenta el interés superior del niño. Además, el Comité recomienda que se garanticen una asignación suficiente de recursos y un funcionamiento y control adecuados de las instituciones de guarda, incluso las administradas por ONG, y del sistema de hogares de acogida, así como un examen periódico de la internación de conformidad con el artículo 25 de la Convención y las recomendaciones formuladas tras el día de debate general sobre los niños carentes de cuidado parental, celebrado en 2005.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

39. El Comité recomienda al Estado Parte que aplique nuevas medidas en favor de la familia y aumente el apoyo a las familias (familia nuclear y familia ampliada, haciendo especial hincapié en los hogares encabezados por una mujer) para prevenir la separación de niños, por ejemplo aumentando la duración de la licencia de maternidad, prestando asesoramiento y suministrando apoyo financiero en todo el país, incluso en el ámbito local.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

Castigos corporales
Difusión, capacitación y sensibilización
Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

37. El Comité recomienda al Estado Parte que apruebe lo antes posible la legislación pendiente que prohíbe explícitamente todas las formas de castigo corporal de niños en todo lugar, incluso en el hogar. El Estado Parte debería asimismo adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la ley, impartir formación a los profesionales que trabajan con niños, realizar campañas de sensibilización y educación de la población contra el castigo corporal y promover métodos no violentos y participativos de crianza y educación de los niños, teniendo en cuenta a la vez la Observación general Nº 8 (2006) sobre el derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

Protección de los testigos y las víctimas de delito
Tortura y tratos inhumanos o degradantes

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

35. El Comité insta al Estado Parte a adoptar medidas eficaces, de conformidad con el artículo 37 de la Convención, para proteger a los niños de las torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. El Comité hace hincapié en la necesidad de investigar y sancionar todos los actos denunciados de ese tipo cometidos por agentes del orden o cualquier otra persona que actúe a título oficial. El Comité recomienda al Estado Parte que garantice que todos los niños que hayan sido víctimas de torturas u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes puedan beneficiarse de medidas de apoyo destinadas a lograr su recuperación física y psicológica y su reintegración social, y puedan recibir una indemnización, teniendo debidamente en cuenta las obligaciones que imponen los artículos 38 y 39 de la Convención.

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Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

Respeto de las opiniones del niño

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

33. El Comité recomienda al Estado Parte que siga promoviendo, facilitando y poniendo en práctica, en el ámbito de la familia, la escuela, la comunidad, las instituciones y los medios de comunicación, así como en los procedimientos judiciales y administrativos, el derecho del niño a ser escuchado, respetando las opiniones del niño y su derecho a ser escuchado en todos los asuntos que lo afecten, de conformidad con el artículo 12 de la Convención, teniendo en cuenta a la vez las recomendaciones aprobadas por el Comité tras el día de debate general sobre el derecho del niño a ser oído, celebrado en 2006. En particular, el Comité señala que el derecho a la asistencia letrada no debería privar al niño de su derecho a ser escuchado. El Comité alienta al Estado Parte a intensificar la cooperación en este ámbito con las ONG y el UNICEF, entre otras entidades.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Garantías judiciales y protección judicial
Interés superior del niño

Actor afectado:

En conflictos armados
Sin cuidados parentales
Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

31. El Comité recomienda al Estado Parte que incorpore plenamente el principio del interés superior del niño en todos los programas, políticas, y procedimientos judiciales y administrativos, especialmente los que afecten a los niños en conflicto con la ley y los niños internados en instituciones. El principio también debería tenerse en cuenta en la aplicación del Código de la Niñez y la Adolescencia de 2004, la evaluación de los programas pertinentes y la elaboración de un futuro plan nacional de acción.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

Educación, formación y orientación profesional
No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

29. El Comité también solicita que en el próximo informe periódico se incluya información concreta sobre los programas y medidas relativos a la Convención sobre los Derechos del Niño puestos en práctica por el Estado Parte para proporcionar protección especial a los grupos vulnerables y dar cumplimiento a la Declaración y Programa de Acción adoptados en la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia de 2001, teniendo en cuenta asimismo la Observación general Nº 1 (2001) sobre los objetivos de la educación y la Observación general Nº 5 (2003) sobre las medidas generales de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

Afrodescendientes

Recomendación:

28. El Comité recomienda al Estado Parte que redoble sus esfuerzos para velar por que se apliquen las leyes vigentes que garantizan el principio de no discriminación y el pleno cumplimiento del artículo 2 de la Convención, y que adopte una estrategia dinámica y global para eliminar la discriminación por motivos de género, origen étnico, apariencia o cualquier otro motivo, y contra todos los grupos vulnerables del país. Se debería prestar particular atención a la eliminación de la discriminación contra los niños de ascendencia africana, y los niños fuera del matrimonio, adoptando medidas para garantizar que al adoptarse las decisiones relativas a su custodia se tenga en cuenta su interés superior, y que esos niños lleven el apellido de sus padres biológicos.

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Observaciones Finales Informe País - Uruguay 2007

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

26. El Comité recomienda al Estado Parte que realice una nueva reforma de su legislación para establecer la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años, aplicable por igual a niños y niñas.

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.