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Resultados: 4250 / Página 158 de 425

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

No discriminación e igualdad ante la ley
Recolección de datos

Actor afectado:

Afrodescendientes

Recomendación:

81. El Comité recomienda al Estado Parte que adopte medidas para hacer frente a estas cuestiones, entre otras cosas incluyendo preguntas concretas destinadas a la población de ascendencia africana en su próximo censo o encuesta nacional a fin de tener un mejor conocimiento de los problemas particulares a los que se enfrenta esa población.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

Educación, formación y orientación profesional
No discriminación e igualdad ante la ley
Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Indígenas
Niñas

Recomendación:

79. El Comité recomienda al Estado Parte que mejore la situación de los niños indígenas, entre otras cosas: a) Redoblando sus esfuerzos para mejorar las condiciones de vida en las zonas habitadas por indígenas; b) Reforzando sus medidas para prevenir las enfermedades relacionadas con el estado de salud general, y en particular la malnutrición, entre los niños indígenas; c) Iniciando programas para reducir la vulnerabilidad sexual de las niñas indígenas; d) Intensificando sus esfuerzos para aplicar estrategias educativas adaptadas a los niños indígenas; y e) Creando espacios para la participación de los niños indígenas, solos y con niños no indígenas.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

Administración de la justicia penal juvenil
Garantías judiciales y protección judicial
Legislación

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

77. El Comité recomienda al Estado Parte que vele por la plena aplicación de todas las normas relativas a la justicia de menores, especialmente el párrafo b) del artículo 37 y los artículos 40 y 39 de la Convención, así como las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (Reglas de Beijing), las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Riad) y las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad (Reglas de La Habana). En particular, el Comité recomienda que el Estado Parte, teniendo en cuenta la Observación general Nº 10 del Comité sobre los derechos del niño en la justicia de menores (2007): a) Tome todas las medidas necesarias, incluida la adopción de una política permanente de sanciones alternativas para los menores delincuentes, y siga velando por que los niños sólo permanezcan detenidos como último recurso y por el período más breve posible, y que la privación de libertad se revise periódicamente; b) Adopte todas las medidas necesarias para garantizar que, cuando se lleve a cabo, la detención sea conforme a la ley y respete los derechos del niño establecidos en la Convención, y que los niños permanezcan separados de los adultos tanto en la detención preventiva como después de la condena, y durante todo el período de privación de libertad; c) Adopte todas las medidas necesarias para velar por que los niños no sean maltratados durante la reclusión, que las condiciones en los centros de detención no sean contrarias al desarrollo del niño, que los derechos de éste, incluidos los de visita, no sean vulnerados y que los casos de menores sean llevados a juicio a la mayor brevedad; d) Estudie la posibilidad de elevar la edad de responsabilidad penal; e) Solicite asistencia técnica y cooperación de otra índole al Grupo interinstitucional sobre justicia de menores, que integran la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, el UNICEF, el ACNUDH y las ONG.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

75. El Comité recomienda al Estado Parte que establezca mecanismos para facilitar la aplicación y la supervisión de los planes y programas del Gobierno y las ONG relativos a la trata, la explotación sexual y la venta de niños. El Comité invita al Estado Parte a incluir amplia información sobre estas cuestiones y los efectos del Plan de Acción en su próximo informe relativo al Protocolo Facultativo.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

Coordinación

Actor afectado:

En contextos de pobreza

Recomendación:

73. El Comité recomienda al Estado Parte: a) Que amplíe el Plan de Acción piloto para los niños que viven en la calle a todo el país a fin de prevenir y abordar los problemas de esos niños; b) Que vele por que los niños de la calle reciban nutrición y alojamiento adecuados, así como atención sanitaria y oportunidades educativas para favorecer su pleno desarrollo, y que les ofrezca protección y asistencia suficientes teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

Explotación económica, con inclusión del trabajo infantil

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

71. El Comité recomienda al Estado Parte que lleve a cabo una evaluación del PRONAT, determine el número y las categorías de niños que participan formal o informalmente en la economía con su trabajo y adopte todas las medidas necesarias para proteger a los niños de la explotación económica. El Comité recomienda al Estado Parte que preste especial atención a las peores formas de trabajo infantil de conformidad con el Convenio Nº 182 de la OIT (1999) sobre las peores formas de trabajo infantil.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

Coordinación

Actor afectado:

Migrantes y/o refugiades

Recomendación:

69. El Comité recomienda al Estado Parte que establezca acuerdos institucionales entre la Comisión Nacional para los Refugiados y las instituciones de protección de la infancia, especialmente los centros del Consejo Estatal de Derechos del Niño y del Adolescente (CEDNA). El Comité recomienda además al Estado Parte que vele por que los menores separados de su familia y no acompañados puedan acceder rápidamente a procedimientos de determinación de la condición de refugiado adaptados a su edad y a los servicios de asistencia ulterior. Por último, el Comité recomienda al Estado Parte que tome nota de la Observación general Nº 6 del Comité sobre el trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen y del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

Educación, formación y orientación profesional

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

67. El Comité recomienda al Estado Parte: a) Que redoble sus esfuerzos para incrementar la matriculación en los centros de preescolar y educativos y en los grados más avanzados de la enseñanza primaria, así como en la enseñanza secundaria, particularmente en las zonas rurales y fronterizas remotas y con respecto a los niños indígenas; b) Que facilite la matriculación de los niños refugiados y solicitantes de asilo eliminando los obstáculos administrativos a su inclusión en el sistema educativo en el grado que corresponda, y que vele por la plena realización de su derecho a la educación; c) Que fortalezca los programas de desarrollo de la primera infancia para todos los niños hasta los 8 años de edad; d) Que reduzca efectivamente las tasas de abandono de los niños que empiezan la escuela y de los niños en grados superiores, y que ofrezca a los niños que hayan abandonado los estudios oportunidades para volver a ingresar en un centro educativo; e) Que promueva la calidad de la enseñanza mediante la reforma de los programas de estudios y la introducción de métodos de instrucción y aprendizaje que estimulen la participación activa de los niños, y que forme a los maestros en centros de capacitación de docentes y también en el empleo, como corresponda; f) Que incluya la educación sobre los derechos humanos en el programa de estudios en todos los niveles, prestando especial atención al derecho de los niños a dar su opinión y a que se respete su punto de vista en todas las cuestiones que los afecten con respecto a la organización del aprendizaje y de la vida social de las escuelas; g) Que ofrezca una formación profesional que permita a todos los niños ingresar en el mercado laboral con una preparación básica y, según su capacidad y motivación, una capacitación en conocimientos concretos que les confiera sólidas perspectivas profesionales.

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

Derecho a un nivel de vida adecuado

Actor afectado:

En contextos de pobreza

Recomendación:

65. El Comité recomienda al Estado Parte: a) que redoble sus esfuerzos para luchar contra la pobreza y, en particular, que evalúe las medidas aplicadas para proteger a los niños contra la pobreza y su repercusión en el desarrollo y el bienestar de éstos; y b) que reduzca las extremas desigualdades sociales y económicas entre familias y niños, de conformidad con el artículo 27 de la Convención

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Venezuela 2007

Temas / Derecho afectados:

No discriminación e igualdad ante la ley
Salud y acceso a los servicios de salud

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

63. El Comité recomienda al Estado Parte que vele por que se corrijan la discriminación y otros tratos inadmisibles a los niños que viven con el VIH/SIDA, y que preste servicios médicos adecuados a las mujeres embarazadas a fin de prevenir la transmisión de madres a hijos.

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.