Nombre del documento:
Observaciones Finales Informe País - Colombia 2015
Temas / Derecho afectados:
Plan nacional de acción
Recolección de datos
Respeto de las opiniones del niño
Actor afectado:
Todos los niños, niñas y adolescentes
Recomendación:
26. A la luz de su observación general Nº 12 (2009), sobre el derecho del niño a ser escuchado, el Comité recomienda al Estado parte que adopte medidas para fortalecer ese derecho, de conformidad con el artículo 12 de la Convención, y que: a) Revise el Plan Nacional para la Niñez y la Adolescencia e incluya en él medidas efectivas para asegurar el derecho del niño a ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo y a participar en todas las esferas de la vida. Deberán atenderse las diferentes necesidades de los niños y las niñas en relación con la participación. b) Continúe elaborando directrices e indicadores sobre la participación de los niños y, en particular, sobre su derecho a ser escuchados en los procedimientos jurídicos y administrativos, y vele por que los profesionales correspondientes reciban capacitación sobre su uso. c) Vele por que se establezcan foros de la infancia en todos los municipios y departamentos, y siga de cerca su desempeño y sus resultados. d) Vele por que el Protocolo sobre la participación de los niños en la aplicación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras comience a ejecutarse, a más tardar, en marzo de 2015 en todo el país, como dijo el Estado parte durante el diálogo.