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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - Guatemala 2007

Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Sin cuidados parentales
Víctimas de abuso

Recomendación:

25. El Comité reitera su recomendación al Estado Parte de que suspenda todas las adopciones internacionales y que tome medidas urgentes para cumplir el Protocolo, el artículo 21 de la Convención sobre los Derechos del Niño y las disposiciones del Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional. El Comité insta al Estado Parte a investigar y enjuiciar a los individuos responsables de la venta de niños con fines de adopción.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - Guatemala 2007

Temas / Derecho afectados:

Garantías judiciales y protección judicial
Protección de los testigos y las víctimas de delito
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

24. Sería de desear que el Estado Parte se guiara por las Directrices de las Naciones Unidas sobre la justicia en asuntos concernientes a los niños víctimas y testigos de delitos (resolución 2005/20 del Consejo Económico y Social) y, en particular, que: a) Permitiera que las opiniones, necesidades y preocupaciones de los niños víctimas se presentaran y examinaran en los procedimientos que afectan sus intereses personales; b) Usara procedimientos que atendieran a las necesidades de los niños, a fin de preservarlos de dificultades durante el proceso judicial, especialmente celebrando las entrevistas con niños en salas especiales y aplicando métodos especiales de interrogatorio, y reduciendo el número de entrevistas, declaraciones y audiencias.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - Guatemala 2007

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Garantías judiciales y protección judicial
Legislación
No discriminación e igualdad ante la ley
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

23. El Comité recomienda al Estado Parte que adopte todas las medidas necesarias, incluso de reforma de la legislación, para que el niño víctima y testigo de cualquiera de los delitos enunciados en el Protocolo esté protegido en todas las fases del proceso penal, según lo dispuesto en el artículo 8 del Protocolo. Asimismo, el Comité recomienda que se proporcionen recursos financieros y humanos suficientes a las autoridades competentes para mejorar la representación legal de los niños víctimas, y se asegure que todos los niños víctimas de los delitos abarcados por el Protocolo tengan acceso a procedimientos adecuados para obtener, sin discriminación, de las personas legalmente responsables, reparación por los daños sufridos, de acuerdo con el párrafo 4 del artículo 9 del Protocolo Facultativo. Además, el Estado Parte debería asegurarse de que se destinarán recursos a fortalecer las medidas de reintegración social y recuperación física y psicosocial, de acuerdo con el párrafo 3 del artículo 9 del Protocolo, en particular prestando asistencia interdisciplinaria a los niños víctimas. Por ultimo, el Comité insta al Estado Parte, en caso de duda, a dar por supuesto que las víctimas jóvenes rescatadas de la explotación sexual son niños, y lo alienta a reanudar la participación en esas operaciones de rescate de la Procuraduría de Derechos Humanos y las organizaciones de la sociedad civil.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - Guatemala 2007

Temas / Derecho afectados:

Legislación
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Recomendación:

21. El Comité recomienda al Estado Parte que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Protocolo, reconozca que el Protocolo tiene el carácter de tratado internacional que regula la extradición según lo previsto en el artículo 27 de la Constitución de Guatemala.

 

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Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - Guatemala 2007

Temas / Derecho afectados:

Legislación
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

19. El Comité recomienda al Estado Parte que se asegure de que, al reformar el Código Penal, se incluyan todas las disposiciones del Protocolo y se apliquen todas las medidas prácticas necesarias para poder establecer efectivamente la jurisdicción con respecto a los delitos pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Protocolo. Asimismo, el Comité recomienda al Estado Parte que en la legislación nacional no se imponga el requisito de la doble tipificación penal para extraditar ni enjuiciar en caso de delitos cometidos en el extranjero.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - Guatemala 2007

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

17. El Comité recomienda al Estado Parte que termine urgentemente la reforma del Código Penal para que se ajuste enteramente a los artículos 2 y 3 del Protocolo. El Comité insta al Estado Parte a prestar una atención particular a tipificar como delito las adopciones irregulares y la venta de niños, y a la necesidad de que las prácticas de adopción estén de acuerdo con el artículo 21 de la Convención sobre los Derechos del Niño y su Protocolo pertinente, teniendo en cuenta además que, desde el 1º de marzo de 2003, Guatemala es Parte en el Convenio de La Haya de 1993 sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional. Asimismo, el Comité recomienda al Estado Parte que haga todo lo necesario para tipificar y sancionar adecuadamente el delito de la trata de personas en su legislación penal, de acuerdo con el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - Guatemala 2007

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

15. El Comité alienta al Estado Parte a intensificar sus esfuerzos para proporcionar consignaciones presupuestarias suficientes destinadas a las actividades de coordinación, prevención, promoción, protección y atención, y a la investigación y supresión de los actos a que se refiere el Protocolo, en especial destinando fondos para ejecutar los programas pertinentes, en particular el Plan Nacional contra la Explotación Sexual Comercial de la Infancia. Asimismo, el Comité recomienda al Estado Parte que asigne recursos suficientes a las autoridades competentes y por conducto de las organizaciones de la sociedad civil, para la asistencia jurídica y la recuperación física y psicológica de las víctimas.

 

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Recomendaciones

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Temas / Derecho afectados:

Recolección de datos
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

13. El Comité recomienda al Estado Parte que realice análisis pertinentes de la situación y se asegure de que los datos sobre los aspectos a que se refiere el Protocolo, desglosados, entre otras cosas, por edad, sexo, región geográfica, grupo minoritario e indígena, se reúnan y analicen sistemáticamente, ya que proporcionan instrumentos esenciales para medir la aplicación de las políticas.

 

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Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - Guatemala 2007

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

11. El Comité recomienda al Estado Parte que: a) Dé a conocer ampliamente las disposiciones del Protocolo Facultativo, en particular a los niños, sus familias y comunidades, entre otras cosas, mediante los programas de enseñanza y las campañas de sensibilización a largo plazo; b) Promueva, de acuerdo con el párrafo 2 del artículo 9 del Protocolo, la sensibilización del público en general, incluidos los niños, mediante la información por todos los medios apropiados y la educación y capacitación acerca de las medidas preventivas y los efectos perjudiciales de los delitos a que se hace referencia en el Protocolo, entre otras formas alentando a la comunidad y, en particular, a los niños y los niños víctimas, a participar en tales tipos de programas de información, educación y capacitación; c) Siga cooperando con las organizaciones de la sociedad civil y los medios de difusión, y apoyando sus actividades de concienciación y capacitación relacionadas con las cuestiones en que se centra el Protocolo; d) Pida asistencia técnica a los organismos y programas de las Naciones Unidas, entre ellos el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil de la Organización Internacional del Trabajo (OIT/IPEC).

 

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Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - Guatemala 2007

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

9. El Comité recomienda al Estado Parte que prosiga y refuerce la educación y la capacitación sistemática en relación con las disposiciones del Protocolo haciendo hincapié en las cuestiones de género, dirigidas a todos los grupos profesionales que trabajan con los niños víctimas de los abusos abarcados por el Protocolo Facultativo, en especial los agentes de policía, los fiscales, los jueces, las autoridades de fronteras y el personal médico y, sobre todo, el personal de la Procuraduría General de la Nación y las autoridades de migración.

 

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.