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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en conflictos armados - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Coordinación
Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo

Actor afectado:

En conflictos armados

Recomendación:

21. El Comité alienta al Estado parte a que respalde actividades multilaterales y bilaterales destinadas a defender los derechos de los niños que participan en conflictos armados, en particular promoviendo medidas preventivas, así como fomentar la recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños víctimas de actos que vulneren el Protocolo facultativo.

 
 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en conflictos armados - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo

Actor afectado:

En conflictos armados

Recomendación:

20. El Comité alienta al Estado parte a crear un mecanismo de identificación de los niños que puedan haber sido reclutados o utilizados en hostilidades y a tomar las medidas necesarias para su recuperación física y psicológica y su reintegración social. Dichas medidas deberían comprender la evaluación pormenorizada de su situación, el refuerzo de los servicios de asesoría jurídica de que disponen y la prestación de asistencia inmediata, respetuosa de su cultura, que tenga en cuenta sus necesidades y multidisciplinaria para su recuperación física y psicológica y su reintegración social, de conformidad con el Protocolo facultativo.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en conflictos armados - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

En conflictos armados

Recomendación:

18. El Comité recomienda al Estado parte que adopte las medidas necesarias para que la legislación nacional le permita establecer y ejercer la jurisdicción extraterritorial sobre los delitos que abarca el Protocolo facultativo.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en conflictos armados - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

En conflictos armados

Recomendación:

16. A fin de que las medidas para prevenir el reclutamiento de niños y su utilización en hostilidades sean aún más estrictas, el Comité insta al Estado parte a que: a) Vele por que las violaciones de las disposiciones del Protocolo facultativo en relación con el reclutamiento de niños por grupos armados no estatales y la participación indirecta de niños en hostilidades estén tipificados expresamente como delitos en el Código Penal del Estado parte; y b) Se asegure de que todos los códigos, manuales y otras directrices militares se ajusten a las disposiciones del Protocolo facultativo.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en conflictos armados - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Educación, formación y orientación profesional

Actor afectado:

En conflictos armados

Recomendación:

14. El Comité recomienda al Estado parte que adopte medidas eficaces para incluir la educación sobre los derechos humanos y para la paz en los programas escolares y a fomentar una cultura de paz y tolerancia en las escuelas. También alienta al Estado parte a incluir los derechos humanos y la educación para la paz en la capacitación del personal docente.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en conflictos armados - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Recolección de datos

Actor afectado:

En conflictos armados

Recomendación:

12. El Comité insta al Estado parte a que establezca un sistema de datos centralizado para recopilar información y datos estadísticos acerca de la aplicación del Protocolo facultativo, y a que identifique y registre a todos los niños sobre los que tiene jurisdicción que puedan haber sido reclutados o utilizados en hostilidades por grupos armados no estatales en el extranjero, incluidos los niños refugiados y solicitantes de asilo. Insta además al Estado parte a que facilite información sobre la aplicación de esta recomendación en su próximo informe periódico presentado en virtud de la Convención.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en conflictos armados - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

En conflictos armados

Recomendación:

10. El Comité recomienda al Estado parte que vele por que se difundan ampliamente los principios y las disposiciones del Protocolo facultativo entre el público en general y, en particular, entre los niños, y que intensifique la capacitación de los miembros de las fuerzas armadas sobre los derechos humanos, insistiendo especialmente en las disposiciones de dicho Protocolo. Además, le recomienda que elabore programas de concienciación, educación y capacitación sobre las disposiciones del Protocolo facultativo para los grupos de profesionales pertinentes que trabajan con niños, sobre todo fiscales, abogados, jueces, agentes del orden, trabajadores sociales, médicos, personal docente, profesionales de los medios de comunicación y funcionarios locales y de distrito.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en conflictos armados - Nicaragua 2010

Temas / Derecho afectados:

Coordinación

Actor afectado:

En conflictos armados

Recomendación:

8. El Comité recomienda al Estado parte que asigne más recursos humanos, técnicos y financieros a la Procuraduría Especial de la Niñez y la Adolescencia a fin de velar por el pleno ejercicio de sus funciones y supervisar y defender los derechos de los niños y adolescentes. Además, recomienda que se garantice la independencia en el nombramiento y la actuación del Procurador de Derechos Humanos. El Comité recomienda al Estado parte que tenga en cuenta su Observación general Nº 2 (2002) sobre el papel de las instituciones nacionales independientes de derechos humanos en la promoción y protección de los derechos del niño.

 
 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - México 2011

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil
Coordinación
Difusión, capacitación y sensibilización
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

47. A la luz de lo dispuesto en el artículo 10, párrafo 1, del Protocolo facultativo, el Comité alienta al Estado parte a seguir reforzando la cooperación internacional a través de acuerdos multilaterales, regionales y bilaterales, especialmente con los países vecinos, entre otras cosas, consolidando los procedimientos y mecanismos de coordinación de la aplicación de tales acuerdos, con miras a mejorar la prevención, la detección, la investigación, el enjuiciamiento y el castigo de los responsables de cualquiera de los delitos contemplados por el Protocolo facultativo. El Comité recomienda al Estado parte que siga participando en estructuras internacionales y regionales a todos los niveles.

 
 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Informe Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en pornografía - México 2011

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

46. El Comité recomienda que el Estado parte: a) Vele por que se reserven recursos para potenciar las medidas de reintegración social y de recuperación física y psicosocial, de conformidad con el artículo 9, párrafo 3, del Protocolo facultativo, en particular proporcionando asistencia interdisciplinaria a los niños víctimas. b) Garantice que todos los niños víctimas tengan acceso a procedimientos adecuados para obtener sin discriminación de las personas legalmente responsables reparación por los daños sufridos, de conformidad con el artículo 9, párrafo 4, del Protocolo facultativo, y establezca un fondo de indemnización de las víctimas, para los casos en que no puedan ser indemnizadas por el autor del delito. c) Incluya medidas especiales de protección de los niños solicitantes de asilo y los niños refugiados en los reglamentos de aplicación de la Ley sobre refugiados y protección complementaria de 2010, con vistas a brindar protección adecuada y acceso efectivo a los procedimientos de determinación del estatuto de refugiado a los niños extranjeros que puedan haber sido víctimas de la trata, la prostitución o la pornografía infantil y tengan temores fundados de persecución en su país de origen. A este respecto, el Estado parte debería tener en cuenta la Observación general Nº 6 (2005) del Comité sobre el trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen y solicitar asistencia técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.

 

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.