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Resultados: 4250 / Página 121 de 425

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil
Difusión, capacitación y sensibilización
No discriminación e igualdad ante la ley
Plan nacional de acción

Actor afectado:

Afrodescendientes
Con alguna discapacidad
Indígenas

Recomendación:

34. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Ponga en marcha iniciativas, en colaboración con la sociedad civil, para eliminar la discriminación y los prejuicios sociales contra los niños afropanameños, indígenas y con discapacidad mediante, entre otras cosas, medidas legislativas, programas de concienciación a través de los medios de comunicación, las redes sociales y el sistema educativo y formación en el servicio para los funcionarios, incluidos los agentes de policía y seguridad; b) En particular, adopte todas las medidas necesarias para luchar contra la asociación negativa de los adolescentes afropanameños y otros adolescentes con el delito, incluidos los estereotipos negativos basados en la edad y el origen étnico; c) Adopte una política y plan de acción generales para abordar positivamente los derechos de los niños indígenas, incluida la inversión en servicios e infraestructura en territorios indígenas y zonas rurales y zonas urbanas desfavorecidas a fin de mejorar la situación socioeconómica de la población indígena en general, teniendo en cuenta la Observación general Nº 11 (2009) del Comité, relativa a los niños indígenas y sus derechos en virtud de la Convención.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Legislación
No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

Niñas

Recomendación:

32. El Comité reitera su recomendación de que el Estado parte revise su legislación a fin de elevar la edad mínima legal para que los niños y las niñas contraigan matrimonio hasta los 18 años, de conformidad con la recomendación formulada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en 2010 (CEDAW/C/PAN/7, párrs. 50 y 51) y señalada durante el examen periódico universal también en 2010 (A/HRC/16/6, párr. 70.17).

 
 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Derecho a expresar su opinión libremente
Protección de su honra y reputación
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

30. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Promulgue disposiciones que regulen el trato dado por los medios de comunicación y el sector de la publicidad a los niños de conformidad con el artículo 17 y otras disposiciones relativas a las libertades fundamentales de la Convención; b) Teniendo en cuenta el derecho a la libertad de expresión, promueva la adopción de códigos voluntarios de conducta, especialmente en lo que respecta a los derechos del niño a la intimidad, a tener acceso a la información pertinente y a expresar su opinión; y c) Utilice mecanismos de vigilancia del respeto de los derechos del niño por los medios de comunicación.

 
 

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Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Derechos de niños, niñas adolescentes y sector empresarial
Respeto de las opiniones del niño

Actor afectado:

Indígenas

Recomendación:

28. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Aplique sin excepción alguna la obligación legal de realizar evaluaciones del impacto ambiental de los proyectos de inversión; b) Estudie la posibilidad de incluir en el marco legal por el que se regulan las actividades empresariales (Ley Nº 41, 2007) la obligación de efectuar evaluaciones del impacto social, en particular en lo que respecta a las repercusiones en los derechos del niño; c) Vele por la consulta previa de la población indígena, incluidos los niños, sobre las inversiones que sea probable que afecten a sus derechos, especialmente en los casos en que la reubicación de los pueblos indígenas se considere necesaria y otros activos y tradiciones culturales puedan resultar afectados; d) Establezca y aplique normas para asegurar que el sector empresarial cumpla las normas internacionales y nacionales sobre la responsabilidad social de las empresas, en particular en relación con los derechos del niño, en consonancia con el marco de empresas y derechos humanos de las Naciones Unidas, aprobado por unanimidad en 2008 por el Consejo de Derechos Humanos, en el que se establece la obligación de los Estados de ofrecer protección contra los abusos de los derechos humanos por parte de las empresas, la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos y la necesidad de un acceso más eficaz a los recursos en los casos de violaciones.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Cooperación con la sociedad civil
Coordinación
Vigilancia independiente

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

26. El Comité recomienda al Estado parte que vele por que la sociedad civil desempeñe un papel activo en la formulación, la aplicación y la supervisión de las políticas y los programas públicos, en particular ocupando un escaño en el órgano de coordinación nacional de los derechos del niño. Recomienda también que el Observatorio reciba recursos humanos, técnicos y financieros suficientes del Estado parte.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

24. El Comité recomienda enérgicamente que se capacite adecuada y sistemáticamente a todos los profesionales que trabajan para niños y con niños sobre la cuestión de los niños y los derechos humanos, en particular a los agentes del orden, los maestros, el personal de salud, los trabajadores sociales, los trabajadores de todos los tipos de cuidado alternativo y los periodistas.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

22. El Comité reitera su recomendación de que el Estado parte aumente la conciencia pública de la sociedad en general, los padres y los niños sobre la Convención, en particular, aunque no exclusivamente, mediante programas y campañas de comunicación pública. El Comité también recomienda que los funcionarios, especialmente los altos funcionarios, den ejemplo hablando en público en favor de los derechos del niño como parte esencial de los derechos humanos y del desarrollo y que los medios de comunicación y los periodistas colaboren para crear una opinión pública bien informada y positiva sobre los derechos del niño.

 

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Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Recolección de datos

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

20. El Comité alienta al Estado parte a que establezca la reunión continua de datos sobre los derechos del niño como parte del sistema estadístico nacional y a que vele por que esos datos se utilicen como base para formular las políticas y los planes sobre los derechos del niño, así como para evaluar los progresos realizados. En este sentido, los datos se deberían desglosar por edad, sexo, situación geográfica, origen étnico y circunstancias socioeconómicas para facilitar el análisis.

 

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Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
No discriminación e igualdad ante la ley

Actor afectado:

Niñas

Recomendación:

18. El Comité recomienda, a la luz de sus recomendaciones durante el día de debate general de 2007 sobre los "Recursos para los derechos del niño –Responsabilidad de los Estados", que el Estado parte: a) Revise y aumente en caso necesario los recursos financieros asignados para aplicar la Convención. b) Evalúe las asignaciones de recursos financieros en los planos central y municipal desde una perspectiva de los derechos del niño para velar por el ejercicio adecuado de esos derechos y evitar la desigualdad entre los niños de diferentes municipios y/o situación geográfica y, con este fin, realice un examen exhaustivo de las necesidades presupuestarias por sectores y municipios y establezca asignaciones que corrijan progresivamente la disparidad en los indicadores relacionados con los derechos del niño. c) En la elaboración del presupuesto del Estado adopte un enfoque de derechos del niño, aplicando un sistema de seguimiento de los recursos asignados y utilizados en los niños en todo el presupuesto, con lo que dará visibilidad a la inversión hecha en los niños. El Comité también insta a que este sistema de seguimiento se utilice en evaluaciones de la incidencia de las inversiones de cualquier sector en el interés superior del niño, midiendo los efectos diferenciales de la inversión en las niñas y los niños. d) En la medida de lo posible, siga las recomendaciones de las Naciones Unidas de que se ponga en marcha la presupuestación basada en los resultados para supervisar y evaluar la eficacia de la asignación de recursos. e) Asegure un proceso presupuestario transparente y participativo mediante el diálogo público, en particular con los niños; y f) Defina partidas presupuestarias estratégicas para los niños desfavorecidos o vulnerables que puedan requerir medidas sociales afirmativas (como las niñas embarazadas, los niños que abandonan la escuela, los hijos de refugiados o trabajadores migratorios) y se asegure de que esas partidas presupuestarias estén protegidas aun en situaciones de crisis económica, desastres naturales u otras emergencias.

 

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Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Difusión, capacitación y sensibilización

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

16. El Comité señala a la atención su Observación general Nº 2, relativa al papel de las instituciones nacionales independientes de derechos humanos en la promoción y protección de los derechos del niño (CRC/GC/2002/2), y reitera su llamamiento al Estado parte para que vele por que la Delegación Especial para Asuntos de la Niñez y la Juventud de la Defensoría del Pueblo cuente con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para vigilar, promover y proteger eficazmente los derechos del niño y tramitar las quejas de los niños con una especial sensibilidad y con rapidez.

 

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.