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Resultados: 4250 / Página 120 de 425

Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad

Actor afectado:

Con alguna discapacidad

Recomendación:

53. El Comité recomienda al Estado parte que asigne recursos suficientes para integrar a la mayoría de los niños con discapacidad en un sistema de educación integradora en las escuelas ordinarias. El Comité recomienda además al Estado parte que elabore una política amplia para las personas con discapacidad, de manera que todos los niños con discapacidad se beneficien de un alojamiento razonable para el disfrute de los derechos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Entorno familiar

Actor afectado:

Sin cuidados parentales

Recomendación:

51. El Comité recuerda al Estado parte que la revisión prevista de la Ley Nº 61/2008 debe ajustarse plenamente a sus obligaciones internacionales, en particular el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional y las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño, y toda modificación deberá ampliar y no reducir la protección de los niños.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Asignación de recursos
Entorno familiar
Garantías judiciales y protección judicial

Actor afectado:

Sin cuidados parentales

Recomendación:

49. El Comité recomienda al Estado parte que adopte todas las medidas necesarias para procurar que disminuya el número de niños acogidos en instituciones y que se estudien y desarrollen alternativas de acogimiento familiar. Recomienda que todos los niños acogidos en entornos de cuidado alternativo, ya sea en familias o instituciones, tengan acceso a servicios básicos de salud y a una educación adecuada. Además, el Comité recomienda al Estado parte que asigne recursos suficientes a la Unidad de Supervisión y Monitoreo de Albergues para que pueda cumplir debidamente su mandato de supervisión, así como para impartir formación sobre las disposiciones de la Convención a los responsables de la ejecución de su mandato. Recomienda también al Estado parte que tenga en cuenta las Directrices de las Naciones Unidas sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños, que figuran en el anexo de la resolución 64/142 de la Asamblea General, de 20 de diciembre de 2009.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Acceso a una información apropiada
Castigos corporales
Cooperación con la sociedad civil
Malos tratos y descuidos
Plan nacional de acción
Recolección de datos

Actor afectado:

Víctimas de abuso

Recomendación:

47. El Comité alienta al Estado parte a que: a) Dé prioridad a la eliminación de toda forma de violencia contra los niños, en particular los malos tratos y el descuido, entre otros medios velando por que se apliquen las recomendaciones del estudio de las Naciones Unidas de la violencia contra los niños (A/61/299), teniendo en cuenta los resultados y las recomendaciones de las consultas regionales para América Latina (Buenos Aires, 30 de mayo a 1º de junio de 2005) y prestando especialmente atención a las cuestiones de género; b) Proporcione información en su próximo informe periódico acerca del cumplimiento por el Estado parte de las recomendaciones del estudio mencionado, en particular las que destacó el Representante Especial del Secretario General sobre la violencia contra los niños, a saber: i) La elaboración por cada Estado de una estrategia nacional general para prevenir y afrontar todas las formas de violencia contra los niños; ii) La introducción de una prohibición legislativa nacional explícita de todas las formas de violencia contra los niños en todos los contextos; y iii) La consolidación de un sistema nacional de reunión, análisis y difusión de datos, y un programa de investigación sobre la violencia contra los niños. c) Coopere con el Representante Especial del Secretario General sobre la violencia contra los niños y recabe asistencia técnica, entre otros, del UNICEF, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH), la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y las organizaciones no gubernamentales (ONG) asociadas.

 

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Recomendaciones

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Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Castigos corporales
Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

46. El Comité reitera sus recomendaciones de que se prohíban expresamente en la legislación del Estado parte todos los tipos de castigo corporal de los niños y se promuevan formas alternativas de disciplina. En este sentido el Comité recomienda que se revisen los artículos 319 y 443 del Código de la Familia y el artículo 188 del Código Civil teniendo en cuenta la Observación general Nº 8 (2006) del Comité, relativa al derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes.

 

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Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Garantías judiciales y protección judicial
Tortura y tratos inhumanos o degradantes

Actor afectado:

En conflicto con la ley penal

Recomendación:

44. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Investigue exhaustivamente todos los incendios, los fallecimientos y las lesiones en los centros de internamiento de niños de Tocumen y Arco Iris, enjuicie a los responsables y adopte las medidas disciplinarias necesarias y vele por que todos los responsables directos o indirectos de los incendios y los malos tratos sean condenados y/o sancionados, según corresponda; b) Vele por que no se victimice aún más a los adolescentes detenidos; c) Prohíba la utilización de gases lacrimógenos en los centros de internamiento, supervise su cumplimiento e imponga medidas disciplinarias en caso de incumplimiento; d) Restablezca y renueve las instalaciones de rehabilitación y recreo y vele por que todos los niños detenidos reciban asistencia médica y educación; y e) Establezca una comisión independiente que inspeccione periódicamente todas las instalaciones, informe a la autoridad competente y formule recomendaciones.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Legislación

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

42. El Comité está convencido de que el toque de queda para niños es contrario a las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño y recomienda que se levante inmediatamente.

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Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Acceso a una información apropiada
Difusión, capacitación y sensibilización
Inscripción del nacimiento

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

40. El Comité recomienda al Estado parte que siga aplicando medidas especiales, en particular el suministro de información en los idiomas indígenas y el aumento del acceso a los servicios de inscripción y de la conciencia y la capacitación de los funcionarios del registro civil sobre la Ley de nacionalidad, para que se inscriba debidamente el nacimiento de los niños nacidos en zonas remotas, incluidos los niños indígenas, los hijos de refugiados y los hijos de padres migrantes.

 
 

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Recomendaciones

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Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Derecho a expresar su opinión libremente
No discriminación e igualdad ante la ley
Respeto de las opiniones del niño

Actor afectado:

Indígenas
Migrantes y/o refugiades

Recomendación:

38. A la luz de su Observación general Nº 12 (2009), relativa al derecho del niño a ser escuchado, el Comité recomienda al Estado parte que: a) Brinde a los niños y adolescentes mayores oportunidades de expresar libremente sus opiniones en todos los asuntos que los afecten; b) Vele por que sus opiniones sean tenidas en cuenta en las decisiones judiciales y administrativas que los afecten; y c) Tenga en cuenta las necesidades especiales y las necesidades lingüísticas de los niños con discapacidad, los niños indígenas, los niños migrantes y los demás niños en situación de vulnerabilidad.

 

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Recomendaciones

Nombre del documento:

Observaciones Finales Informe País - Panamá 2011

Temas / Derecho afectados:

Legislación
Plan nacional de acción

Actor afectado:

Todos los niños, niñas y adolescentes

Recomendación:

36. El Comité insta al Estado parte a que sustituya el paradigma actual de la "tutela" por un paradigma de los derechos y los niños como titulares de derechos, como establece la Convención sobre los Derechos del Niño. El Comité recomienda que la Ley general de derechos del niño, mencionada en los párrafos 11 y 12 suprea de estas observaciones finales, incluya ese cambio de paradigma y establexca principios y normas de interpretación de conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño. El Comité insta al Estado parte a que se vele por que el principio del interés superior del niño se integre adecuadamente y se aplique de manera sistemática en todos los procesos legislativos, administrativos y judiciales, así como en todas las políticas, programas y proyectos relacionados con los niños o que los afecten, y que la fundamentación jurídica de toda sentencia judicial y decisión administrativa también se base en este principio.

 
 

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* Para más información sobre los temas y derechos afectados presentes en esta herramienta, consultar el siguiente glosario.