Nombre del documento:
Observaciones Finales Informe País - República Dominicana 2015
Temas / Derecho afectados:
Asignación de recursos
Niños, niñas y adolescentes con alguna discapacidad
No discriminación e igualdad ante la ley
Actor afectado:
Con alguna discapacidad
Recomendación:
48.. A la luz del artículo 23 de la Convención y de su observación general Nº 9 (2006) sobre los derechos de los niños con discapacidad, el Comité insta al Estado parte a que adopte un enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos, establezca una estrategia integral para la inclusión de los niños con discapacidad y: a) Se asegure de que se concede prioridad a la educación inclusiva respecto a la educación en instituciones especializadas; b) Asegure a los niños con discapacidad la disponibilidad de servicios especializados de atención de la salud, de edificios y espacios para la recreación, y de participación, así como el acceso a ellos, entre otras cosas asignando los recursos necesarios a tal fin; c) Garantice programas de protección social que prevean, entre otras cosas, subsidios para las familias con niños con discapacidad que viven en la pobreza, y el acceso gratuito a tratamientos y programas de rehabilitación; d) Adopte medidas para asegurar la coordinación entre las entidades pertinentes a nivel nacional y local, en particular entre el CONANI y el Consejo Nacional de Discapacidad; e) Refuerce las vías de recurso administrativo de que disponen los niños con discapacidad cuyos derechos hayan sido vulnerados y facilite su acceso a la justicia, entre otras cosas, proporcionándoles asistencia letrada gratuita; f) Lleve a cabo campañas de concienciación dirigidas al Gobierno, la población y las familias para combatir la estigmatización y los prejuicios contra los niños con discapacidad y promover una imagen positiva de los niños y los adultos con discapacidad.